jueves, 28 de noviembre de 2013

BUSCANDO DATOS


EN ESTE BLOG  INFORMATIVO  CUALQUIER USUARIO PUEDA BUSCAR EN LA INTERNET DATOS DE UBICACION, SITUACION, o DATOS ADMINISTRATIVOS DE UN FAMILIAR ó de una AMISTAD SOLO PARA USOS LEGALES.:

martes, 26 de noviembre de 2013

CRISTIANISMO VS HUMANISMO.



Este breve escrito tiene como objeto meramente resaltar la diferencia entre el pensamiento humanista y el pensamiento cristiano. Esto se deriva de la fuerte presión que las iglesias experimentan ante la gran cantidad de corrientes de pensamiento que la asedian y que tienen un solo origen: El pensamiento humanista.

HUMANISMO. Es la forma de pensamiento donde el ser humano es la medida de todas las cosas. Es decir que todo se mide en base al ser humano, si es bueno para el ser humano entonces es bueno. Si es grato al ser humano, entonces es grato, si es malo para los propósitos del ser humano entonces es malo.
Una forma directa de entender esto es que todo parte del ser humano y apunta hacia el ser humano, teniendo todo lo demás (incluyendo a Dios) como su instrumento.

CRISTIANISMO. Es la forma de pensamiento donde Cristo es la medida de todas las cosas. Es decir que todo se mide en base a Cristo, si es bueno para Cristo, entonces es bueno. Si es grato para Cristo, entonces es grato, si es contrario al propósito de Cristo, entonces es malo, de hecho es pecado.
En este punto es necesario aclarar que esto se debe definir como “Cristo según el Evangelio” pues el término “Cristo” separado de la Biblia puede significar cualquier cosa, hasta los esotéricos lo utilizan de acuerdo a su pensamiento.

Y de la misma forma en que lo afirmamos respecto del humanismo, todo lo que es de Dios parte de Dios y apunta a Dios, teniendo todo lo demás (incluyendo al ser humano) como su instrumento.
Así es como Romanos 11:36 lo expresa: Porque de él, y por él, y para él, son todas las cosas. A él sea la gloria por los siglos. Amén.

Y en ese mismo sentido Efesios 1 habla de que el propósito de nuestra salvación era para la gloria de Dios.

En realidad todo lo que pudiéramos pensar respecto de la obra de Dios en el cristiano ha sido hecho por iniciativa de Dios, ese es el punto fundamental de la Gracia. Nuestra salvación, nuestra perfección, el amor de Dios, su espíritu morando en nosotros, ser participantes de su naturaleza, tener la mente de Cristo etc. Todo ha sido iniciativa de Dios, de tal modo que se origina en Dios, y tiene como finalidad la gloria de Dios. Es por eso que la palabra nos dice que Dios es quien pone en nuestra boca la alabanza (Sal. 40:3), pues ésta no tiene como origen al ser humano, sino a Dios mismo.

Es cierto que muchos cristianos reconocen la gracia de Dios en su salvación, pues esta se basa en la obra de Cristo. Pero es cierto también que en su mente tienen la idea de que su perfección es obra de ellos. Sin embargo la Biblia nos enseña que esto también es por gracia, es decir que proviene de Dios (Sal. 138:8, Fil. 1:6 y 2:13, 1P.5:10).


LA IDEA HUMANISTA DE DIOS Y SU IGLESIA

Debido a que el humanismo tiene al ser humano en el centro, cuando se habla de Dios, éste se muestra como un instrumento para los fines del ser humano. Por lo tanto se piensa que el deseo de Dios se ajusta al deseo humano y a sus reglas.

Y aunque se puede crear una larga lista de, “qué es lo que desea el ser humano”, todo puede resumirse en la búsqueda de su comodidad. Aunque esto puede variar según los tiempos, la realidad es que la insatisfacción del “modernismo” llevó al ser humano occidental a la búsqueda de la satisfacción, por lo que para el posmodernismo actual esto se centra en su comodidad.

De ahí que la enseñanza en muchas iglesias tenga como centro al ser humano, y Dios es predicado como una herramienta que “ha de bendecir”, “ha de mejorar el matrimonio” o “traer salud” entre otras muchas ofertas. Estos son temas utilizados para atraer a la gente, porque son atractivos a un mundo en gran necesidad. Pero no por eso dan la respuesta correcta, ya que tales temas se manejan en base al deseo humano y no en base a la palabra revelada de Dios, la cual es la Biblia y que nos llama a reconocer que somos pecadores y debemos arrepentirnos, creyendo en la obra de Cristo como suficiente para nuestra salvación.

Pero tal promoción es muy notoria en una gran cantidad de iglesias hoy en día, principalmente en el movimiento Neo Pentecostés, lo cual ha sido clave para la formación de las llamadas “mega iglesias”.
Si bien, el movimiento Neo pentecostés tuvo un buen anhelo en sus inicios, esto se vio afectado seriamente por la intromisión del pensamiento humano, principalmente a través del gnosticismo y el esoterismo. Pero para ver más de ese tema se puede consultar http://www.cristianismohistorico.org/2009/10/16/evanprosperidad1/ .


LA IDEA CRISTIANA DE DIOS Y SU IGLESIA

Ahora bien, es importante entender cuáles son las desviaciones en la forma de pensamiento de la Iglesia, pero más importante es entender cómo debemos pensar sí en verdad somos de Cristo.

Como hemos dicho, todo lo que se refiere a Dios, parte de Dios y apunta a Dios. Y si comprendemos cual es el propósito de Dios en la obra que realiza en el ser humano, podemos entender con mayor claridad lo que Dios está haciendo hoy en día.


Romanos 8:29 nos dice que la obra de Dios ha transformarnos para ser la imagen de su Hijo Jesucristo. Si bien, el ser humano fue creado a imagen y semejanza de Dios, esto fue dañado por el pecado, de tal modo que ahora está muerto en su pecado por lo que es incapaz de dar gloria a Dios, andando en sus propias pasiones (ver Efesios 2:1-3).

Pero Dios se ha revelado a sí mismo (Jn. 1:18), por lo que la imagen de Dios, la imagen visible del Dios invisible es Cristo (2 Co. 4:4, Col. 1:13-15). Así que al restaurar su imagen en el ser humano, Dios nos transforma para ser la imagen de su Hijo Jesucristo.

Por lo tanto todo lo que vivimos, ya sean tiempos de gozo y paz, o tiempos de dificultad (2Co. 4:17, Stg. 1:2-4, 1P. 1:6-7), operan para el propósito de Dios en nuestra vida.

Al comprender esto, entendemos que alabamos a Dios, no para sentirnos mejor, ni para que nos dé más de sí mismo, pues ya habita en nosotros. Le alabamos porque él es digno de ser alabado, y reconocemos su obra en nuestra vida, por lo cual le damos gloria.

Del mismo modo, leer la Biblia, orar, meditar en el mensaje de su palabra; no tienen como objeto la solución de nuestros problemas, sino más bien nuestra perfección. Nos congregamos como hijos de Dios para ser edificados, y aunque eso nos lleve a batallar en nuestra vida, al final llegaremos todos juntos a ser en todo como Cristo (Ef. 4:11-16), pues esa es la finalidad de la Iglesia.

Al decir que nuestra perfección es obra de Dios, no estamos negando el hecho de que debemos ser participantes de ello. De hecho debemos participar no solo en nuestra perfección, sino en la de los demás creyentes, como colaboradores de Dios.

CONCLUSIÓN

Podríamos resumir la diferencia entre el humanismo y el cristianismo en la diferencia de la siguiente manera:
El humanismo enseña que Cristo murió en la cruz para darnos una vida mejor; el cristianismo enseña que Cristo murió en la cruz para que tuviéramos comunión con él, y así ser transformados a su imagen.

Mientras el humanismo ve esta vida como lo más importante, el cristianismo ve esta vida como la preparación para la eternidad que hemos de vivir en comunión con Dios.

EN ESTAS ELECCIONES COMPLEMENTARIAS NO GANO EL PPC PERDIO SUSANA VILLARAN Y GANO EL AUSENTISMO


AL FINAL: GANO LA DERECHA PERDIÓ LA IZQUIERDA

¿QUE CELEBRAN? ¿SU 30% DE VOTOS VALIDOS
 O SUS MENOS DEL 15% DEL TOTAL DE VOTANTES?
En las elecciones presidenciales,  Carabayllo hizo noticia al convertirse en el único distrito de Lima Metropolitana en donde Ollanta Humala gano.


En estas elecciones complementarias, Carabayllo vuelve a hacer noticia, se convierte en  el distrito en donde los votos nulos y blancos ganaron. el PPC fue derrotado.

No esta demás agregar que Carabayllo,  en especial su alcalde Rafael Álvarez  del PPC, es la niña de sus ojos de la alcaldesa Susana Villarán.

Producto de ese maridaje nupcial,  Susana Villarán destina 54 millones para muros, escaleras y losas deportivas,  todas ellas  para ser inauguradas como suyas por el mencionado  alcalde

Al término de toda elección, es costumbre emitir una serie de conclusiones respecto de los resultados muchas veces  triunfalistas, aun cuando, los votos indiquen lo contrario.

Entonces cabe la pregunta: ¿Quién ganó? ¿Quién perdió?
Pese de que ya no se trata de las elecciones municipales que como se sabe la ganó Susana Villarán, las reflexiones  que siguen  tienen vigencia en tanto Fuerza Social y el PPC siguen en luna de miel en la alcoba de la mancomunidad.

Lo más preocupante  de este proceso eleccionario, es el alto porcentaje de  votos viciados (26 mil) y  en blanco (6mil) que en Carabayllo sobrepasan los 32 mil votos.

En este marco y contexto electoral no común para distritos de Lima Norte, no es posible ver este alto porcentaje de votos nulos y viciados como un hecho aislado, ya que nos indican un descontento que tienen también su expresión en las urnas y por lo tanto en el quehacer político futuro.

Sin embargo, es una situación favorable para nuestro pueblo, por el hecho de que quienes han expresado su descontento, tengan la posibilidad de tener mayores grados de influencia en los espacios de poder que nuestra institucionalidad permite.

GRAVE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE UNA CIUDADANA INDÍGENA

“Año De La Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”


CARTA  Nº 01-2013-RRA-C-CP-U

Señor        : ASOCIACION CRISTIANA DE ASESORIA LEGAL DEL PERU

Asunto     : APOYO PARA INFORMAR A LA POBLACIÒN Y A LAS AUTORIDADES POR

GRAVE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE UNA CIUDADANA INDÍGENA Y SU FAMILIA.

Fecha      : PUCALLPA, 26 DE NOVIEMBRE DEL 2013.


De mi Consideración:
                                   Sirva la presente para saludarle, y expresarle mis muestras de consideración, Señor ASOCIACION CRISTIANA DE ASESORIA LEGAL DEL PERU – LIMA, le hago de su conocimiento que mi persona, en mi calidad de ciudadana ROSA ROBLEDO AHUANARI, identificada con DNI. Nº 00359007, domiciliada en prolongación 07 de Junio Nº 199 – Callerìa – Ref. Por el Óvalo Sáenz Peña – Ex Tacorita – Pucallpa.

Que, en forma fraudulenta e irregular se han inducido a error a la autoridad judicial lo cual existe a la fecha una ORDEN JUDICIAL PARA DESALOJO Y LANZAMIENTO, programado para el día Jueves 28 de Noviembre; en ese sentido que las autoridades han sido denunciados penalmente ante el Ministerio Publico, esto generó a que existe un riesgo y peligro inminente en agravio de la suscrita y de mi familia toda vez que me encuentro en grave estado de salud recibiendo tratamiento y considerando la condición indígena es que amparo mi derecho a la identidad étnica y cultural por lo cual acudo a la medicina tradicional y al curanderismo conforme a las costumbres ancestrales, pero es el caso que me quieren someter a un tratamiento con la ciencia médica y estoy en total desacuerdo y que la Constitución en su art. 2, inc. 24, parágrafo A, hace referencia que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.

SEÑORES DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE ASESORIA LEGAL DEL PERU , le ruego que por su intermedio me apoye Ud. en este caso INJUSTO QUE FUE ORIGINADO POR UN PODER DE ESCRITURA PUBLICA DONDE QUE NUNCA HE FIRMADO A FAVOR DEL SEÑOR FELIPE LIZARDO FLORES LÀZARO, MENOS PARA QUE CELEBRE UN PRÈSTAMO HIPOTECARIO EN AGRAVIO Y PERJUICIO DE MI PERSONA Y DE TODA MI FAMILIA, PESE A EXISTIR UNA PERICIA LO CUAL DETERMINA QUE FUE FALSIFICADA MI FIRMA.

OTROSI DIGO: SEÑORES DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE ASESORIA LEGAL DEL PERU ES NECESARIO LA INTERVENCION Y SU PRESENCIA PARA EL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE QUE EN ESTA FECHA ESTÀ PROGRAMADO EL DESALOJO – LANZAMIENTO, O EL APOYO EN SU DIFUSIÒN, QUE ES UN ACTO INJUSTO POR HABERSE FALSIFICADO MI FIRMA Y QUE LA JUSTICIA EN UCAYALI NO LO HA VALORADO PESE A EXISITIR PERICIA QUE DETERMINA QUE FUE FALISIFICADA MI FIRMA.

OTROSI DIGO: Para mayor comunicación y coordinación le hago presente el número de mi celular: 942895651.

Adjunto:  
·         Copia de mi DNI.
·         Copia de la Resolución Judicial de Desalojo – Lanzamiento.
·         Copia de la Acción De Amparo.
·         Copia de Reitero de Lanzamiento por parte de los Demandantes.
·         Copia de Constancia de Ciudadana Indígena de la Etnia Cocama.


Pucallpa, Martes  26 de Noviembre del 2013.



lunes, 25 de noviembre de 2013

el 37% de mujeres ha sido víctima de violencia en el Perú


Hoy se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Mayoría de agredidas están en zonas altoandinas

“La gran víctima de la violencia de género son precisamente nuestras mujeres de las zonas altoandinas”, sostuvo esta mañana la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), Ana Jara. Según dijo a RPP, el marco legal actual tiene sanciones más drásticas para los agresores, por lo que se espera que con el tiempo se reduzcan las cifras de feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia familiar.
Entre las acciones que realiza su cartera para contrarrestar la problemática, se refirió a un proyecto piloto en Nuevo Chimbote y Huancayo, auspiciado por el Fondo de Población de la ONU, que busca resaltar la masculinidad positiva. La iniciativa pretende eliminar el prototipo del “macho posesivo que cree que la mujer le pertenece en la vida y la muerte”.
Jara adelantó además que este proyecto se extenderá el 2014 en Lima, Callao y otras ciudades.
LAZOS BLANCOS
Los lazos blancos son el símbolo internacional de la fecha. Por ello, el personal del MIMP se encuentra desde muy temprano en las estaciones Central, Naranjal y Jirón de la Unión del Metropolitano imponiéndolos a los usuarios con el fin de que se sensibilicen sobre el tema.


Espeluznante cifra: el 37% de mujeres ha sido víctima de violencia en el Perú

domingo, 24 de noviembre de 2013

MARITZA SALGADO PRESIDENTA DE ACAL PERU







Asociación Cristiana de Asesoría Legal del Perú.

 
 
 
 Cel : 986 - 489386 - 984 - 133090
 
MARITZA SALGADO Q.
 
Presidenta ACAL PERU
 
ULISES MENDOZA E.
 
Secretario General ACAL PERU

13 CONSEJOS PARA ADMINISTRAR TU DINERO


Siempre se ha dicho que las finanzas son cosa de hombres, que tienen la sangre más fría y que son menos impulsivos. Sin embargo, diversos estudios y opiniones de expertos demuestran que esto no es así. Y es que las mujeres no sólo son igual de buenas que los varones en este terreno sino que, en muchos casos, son mejores. He aquí 13 errores (y remedios) que los hombres suelen cometer a la hora de administrar su dinero.
1. Cuando inviertas, frena tus impulsos
Para la mayoría de las personas que invierten es difícil dejar de vender cuando el mercado cae, pero esto es particularmente difícil para los hombres. Un estudio que de Vanguard descubrió que los hombres fueron un 10% más propensos que las mujeres a cobrar sus acciones durante la crisis del mercado en 2008, por lo que muchos se perdieron el repunte posterior de las acciones.
Cuando el mercado cae, debes establecer un periodo de enfriamiento: sigue la regla deno comerciar mientras el mercado esté abierto y "nunca leas tus estados de cuenta cerca de tu computadora", dice McPherson.
2. Fija límites a la hora de invertir
Los hombres no sólo venden en tiempos difíciles. Varios estudios han revelado que ellos comercian hasta un 45% más que las mujeres en todo tipo de mercados y, como resultado, sufren mayores costes de transacción y menores rendimientos.
Es muy útil autoimponerse una serie de reglas sobre la frecuencia a la que se debecomprar y vender.
3. Reserva dinero para emergencias
Bill Schultheis, gestor de bienestar, recomienda a sus clientes masculinos que tengan una cuenta separada donde puedan jugar con hasta el 5% de su participación de capital. Según Schultheis, "eso satisface el deseo de realizar una inversión imprevistapropuesta por un amigo o corredor y ayuda a los hombres a ser disciplinados cuando deben atender sus inversiones centrales".
4. Ganancias: sé conservador
Todos deberíamos tener un plan B. Durante la presente crisis económica, los hombres han perdido más del doble de empleos que las mujeres. Antes esta situación, "la mejor alternativa es buscar alguna variante de tu empleo actual que pueda ser más fácil de obtener", apunta el planeador financiero David McPherson.
5. Ganancias: haz nuevos amigos
Amplía tu círculo de amistades para mejorar las oportunidades de encontrar un buen trabajo cuando lo necesites.
"Es un juego de números", dijo Asher Epstein, director administrativo en la Facultad deNegocios de la Universidad de Maryland. Si quieres un puesto, necesitarás al menos diez entrevistas. Para poder acceder a las diez, necesitarás contactar a 100 empleadores. Para hacer esos contactos, necesitarás hablar con 500 personas. "Para conocer a 500 personas, pide a toda la gente con la que hables que te ponga en contacto con más gente".
Asegúrate también de unirte a grupos de tu sector y de ex alumnos.
6. Ahorros: aumenta tus ‘guardaditos'
Actualmente, el tiempo promedio de desempleo es de ocho meses. Tendrás que apretarte el cinturón por si acaso.
7. Finanzas familiares: sigue al dinero
Muchas parejas casadas aún dividen sus labores financieras de forma anticuada: él maneja el portafolio, ella paga las cuentas.
El lado negativo de esto es que puedes no tener idea de cuánto cuesta administrar tu casa... Un buen ejercicio para ponerte a prueba es sentarte con tu esposa y, cada uno por separado, escribir en una lista el presupuesto para el hogar. Como sugiere Ken Clark, planeador financiero en Little Rock, cuando tú y tu mujer os pongáis de acuerdo con las cifras, podréis comenzar a hablar de planes a largo plazo.
8. Pon fin a los gastos sigilosos
Según CESI Debt Solutions, el 58% de hombres admite mantener algún gasto en secreto (sobre todo de entretenimiento), en comparación con el 48% de las mujeres.Debes jugar limpio y decidir con tu pareja la cantidad que cada uno puede gastar de forma libre.
9. Acepta las nuevas realidades
Si tu esposa es la principal proveedora de la familia (cerca del 30% de las mujeres en hogares con dos ingresos lo son en la actualidad), aprovecha la oportunidad para ampliar los papeles y volver a estudiar los planes. Quizás ella sea la que tenga el plan de retiro y quizás tú seas el director de presupuesto, lo que puede permitiros a ambos hacer nuevas contribuciones con un propósito común.
10. No escatimes en una póliza de vida
Los hombres casados con hijos suelen tener coberturas equivalentes a cinco veces losingresos familiares. Si tú eres el principal proveedor, entre ocho y diez veces tu ingreso es una mejor proporción, según el planeador Michael Garry.
11. Escatima en cuidados a largo plazo
En promedio, un hombre pasa un año en asilos y casi un tercio de los cuidados a largo plazo se pagan a los hombres. Por lo tanto, ten cuidado antes de gastar miles de euros en este tipo de cobertura. Puedes gastar menos en una póliza optando por un mayor periodo de espera o contratando a un cuidador de parejas, lo que ampliaría el beneficio para tu esposa.
12. Retiro: ten paciencia y deja que tu pareja siga trabajando
Cerca del 40% de los hombres pide a sus esposas que se retiren cuando ellos lo hacen; pero compartir los atardeceres puede salirte caro...
Si tu esposa sigue trabajando unos años más, quizás puedas mantener tus ahorros un poco más de tiempo, o al menos gastarlos a una tasa más baja.
13. Retiro: amplía tu pensión
Si vas a recibir una pensión cuando te retires, toma los beneficios conjuntos y de superviviente en vez de optar por un plan de un sólo contribuyente. Sí, tus cheques mensuales serán más bajos, pero así estarás protegiendo a tu esposa, quien de otra forma perdería ese ingreso si tú mueres antes que ella.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

SOBRE LA LEY DE LIBERTAD E IGUALDAD RELIGIOSA PRONUNCIAMIENTO



SOBRE LA LEY DE LIBERTAD E IGUALDAD RELIGIOSA

En relación con a la Ley de libertad e igualdad religiosa aprobada por el Congreso de la República, la ASOCIACION PERUANA DE ATEOS (APERAT) declara lo siguiente:

1º. Estamos a favor de una plena libertad religiosa y de conciencia. Es decir, toda persona tiene derecho a tener o no creencias sobrenaturales –que incluyen fe en lo divino y una vida después de la muerte-- y practicar o no ritos y costumbres relativas a esas creencias las cuales son personales y no deben ser impuestas a los demás.

2º. Estamos a favor de una plena igualdad religiosa. Esto es, todas las religiones organizadas deben ser consideradas y tratadas por igual por el Estado, cualquier beneficio legal, económico y tributario en beneficio de una sola religión discrimina a las demás.

3º Estamos a favor de la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, sin importar si son creyentes o no en alguna religión. Por esta razón el Estado debe abstenerse de favorecer a alguna religión o convicción no religiosa, manteniendo una neutralidad estricta en este sentido.

4º. Pensamos que para evitar cualquier injerencia de alguna religión sobre el Estado y la discriminación o el favoritismo en favor de una o más confesiones religiosas por parte del Estado, éste deberá ser laico o aconfesional, es decir deberá estar separado de toda religión. Por lo tanto, un Estado así:  a) no deberá proporcionar a religión organizada alguna ningún dinero del erario público producto de la recaudación de los tributos de todos los ciudadanos, creyentes en alguna religión o no creyentes en ninguna;   b) no deberá enseñar en las escuelas públicas doctrinas religiosas, para eso existen templos y colegios particulares confesionales idóneos para ello; y   c) no deberá promover leyes y políticas sobre salud en general y salud reproductiva en particular basadas en creencias religiosas.

5º. No obstante, si el Estado peruano permitiese múltiples exoneraciones tributarias en favor de las religiones no católicas organizadas en favor de la igualdad religiosa, debería hacer lo mismo en beneficio de las organizaciones culturales, artísticas, humanísticas y científicas. ¿No es acaso tarea del Estado la promoción de la cultura, el arte, las humanidades y la ciencia? ¿Merecen éstas un trato inferior al que reciben las religiones?


Lima, 06 de Diciembre del 2,010

PERSECUCION RELIGIOSA EN PERU



Carta Abierta de
La Iniciativa peruana en defensa de la
Libertad de conciencia y religión
a

Su Santidad
Benedicto XVI
Papa de la Iglesia Católica Romana

Su Santidad,

Nosotros, los suscritos, miembros de varias Iglesias Cristianas, le escribimos para solicitar su intervención inmediata a poner fin a una persecución religiosa llevada a cabo por el Obispo Católico Romano de Chiclayo, Perú, el Mons. Jesús Moliné Labarta.

Desde hace tres años, Mons. Moliné no cesa a hostigar a un grupo de sacerdotes y obispos de otra Iglesia Católica, no-romana, la Iglesia Apostólica Católica, Nuestra Señora de Guadalupe. En una docena de ocasiones, Mons. Moliné ha denunciado a aquellos sacerdotes y obispos católicos no-romanos en tribunales del Estado Peruano. Mayormente, las denuncias fueron descartadas por carecer de fundamento. Sin embargo, debido a las continuas presiones del Mons. Moliné, una Jueza en agosto de 2006 les dio sentencias de dos años privados de libertad, y una serie de multas de esos sacerdotes no están en condiciones de pagar. Unos tribunales peruanos a veces son lamentablemente susceptibles a presiones de personas pudientes, creen 97% de los peruanos, según una encuesta de la Universidad de Lima en 2006.    

Las denuncias son varias: (1) contra la fe pública en la figura de falsedad genérica (2) contra el patrimonio en la figura de estafa (3)contra la paz pública en figura de asociación ilícita par a delinquir en agravio de la sociedad, el Estado y la Iglesia Católica Romana en el Perú. Sin embargo, según los religiosos sentenciados, los hechos denunciados tienen que ver con los actos religiosos de su Iglesia, incluyendo liturgias, bautismos, matrimonios, y pidieron óbolos voluntarios de los participantes en sus ritos. Esas son acciones que se llevan a cabo en cualquier iglesia litúrgica, incluyendo la Iglesia Católica Romana, y no deben ser la base de acusaciones civiles y/o penales. Más bien, esos religiosos deben ser aplaudidos por su celo para avanzar el trabajo del Reino de Dios (Mt.12:30), que es tan necesario en el Perú.

Después de varios esfuerzos de invitar a la Conferencia Episcopal Peruana y la Consejo Pontifico para la Promoción de la Unidad Cristiana, para que hablen discretamente con el Mons. Moliné,  no se ha visto ninguna mejoría de la situación en Chiclayo. Más bien, el Mons. Moliné y sus agentes recién han abierto otras denuncias en Chiclayo contra más sacerdotes y obispos de esa Iglesia Católica no-romana, en Chiclayo y en otras partes del Perú.

Como es de su conocimiento, Su Santidad, las acciones del Mons. Moliné no obedecen ni a las políticas ecuménicas de la Iglesia Católica Romana, descritas en Dignitatis Humanae, ni mucho menos en la Palabra de Dios (véanse Mt. 5:23-25; 7:1-5; Mc. 4:24; 10:43-45; 11:25-26; Lc. 6:31-38 y 41-44; 1 Cor.6:1-7, y muchos versículos más.) Más bien, nos hace recordar los métodos de la Inquisición, repudiados en el Perú aún antes de la Independencia, hace dos siglos, y más recientemente, por el Papa Juan Pablo II. 

Su Santidad, se reconoce que el Continente Latinoamericano ha sido evangelizado parcialmente, y hay mucho que hacer. Con los recursos limitados de las iglesias latinoamericanas, es menester usarlos para fomentar la evangelización y no los escándalos de celos clericales en foros seculares. Todos tenemos que predicar por nuestras palabras y por nuestras acciones. Le rogamos, Su Santidad, que dé instrucciones inmediatas al  Mons. Moliné de cesar este escándalo de acoso religioso contra sus hermanos en Cristo, y emplear sus fondos en forma positiva y prevista por los donantes, al fomentar en forma enérgica y amorosa, la evangelización del Príncipe de Paz, Jesucristo.

Aprovechamos la ocasión para reiterarle, Su Santidad, la expresión de nuestra mas alta consideración y de desearle muchísimas bendiciones.

INICIATIVA PERUANA EN DEFENSA DE LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y RELIGIÓN

FIRMAS DE SOLIDARIDAD Y APOYO ............................



martes, 19 de noviembre de 2013

SERVICIOS GENERALES “SERVIR PALACE”




SERVICIOS GENERALES “SERVIR PALACE”

CRISTIAN PALACIOS

ELECTRICISTA, GASTIFERIA, PINTOR, ALBAÑILERIA


Cel : 975571513

ESTRUCTURA JERARQUICA DEL SISTEMA JURIDICO NORMATIVO DEL PERU


Ordenamiento Jurídico

Según Hans Kelsen, es el "Sistema de normas ordenadas jerárquicamente entre sí, de modo que traducidas a una imagen visual se asemejaría a una pirámide formada por varios pisos superpuestos.

Esta jerarquía, demuestra que la norma "inferior" encuentra en la "superior" la razón o fuente de su validez. La Constitución Política del Perú, establece una rígida sistematización jerárquica del ordenamiento jurídico peruano y a continuación se conceptualizan cada una de ellas de acuerdo a su relevancia:

1. Constitución Política del Perú.­

Es la norma primaria del ordenamiento legal, constituye el marco dentro del cual deben ubicarse las normas jurídicas. Contiene entre otros, los principios básicos que permiten asegurar los derechos y deberes de las personas, así como la organización, funcionamiento y responsabilidaddel Estado. Prima sobre cualquier otra norma jurídica y es expedida por el congreso constituyente.

2. Ley Orgánica.­

Es la que delinea la estructura y funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la constitución, así como las materias que esta expresamente contempla que se regulen por tales leyes. Para ser aprobadas se requiere el voto de más de la mitad del Congreso.

3. Ley Ordinaria.­

Es la norma escrita de carácter general que emana del congreso, de acuerdo al procedimientoque fija la constitución. Son de las más variadas ramas: civiles, tributarias, penales, etc.

4. Resolución Legislativa.­

Se expiden con una finalidad específica del Congreso, y por sus características especiales tienen fuerza de ley. El jurista Chirinos Soto, las ha definido como la "ley del caso particular".

5. Decreto Legislativo.­

Es una norma "sui generis" que se deriva de la autorización expresa y facultad delegada del Congreso al PoderEjecutivo en base a una ley específica, que en doctrina se llama "legislación delegada". Su emisión debe sujetarse a la materiaen cuestión y dictarse dentro del término que señala la ley autoritativa. El Presidente de la República, debe dar cuenta al congreso o comisión permanente, de los Decretos Legislativos que dicta.

6. Decreto de Urgencia.­

Es expedido por el poder Ejecutivo como medida extraordinaria y válida para regular situaciones de carácter económico - financiero, cuando así lo requiera el interés nacional.

7. Decreto supremo.­

Es un precepto de carácter general expedido por el poder Ejecutivo. Con este dispositivo se reglamentan las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas. Llevan la firma completa del presidente de la Repúblicay son refrendadas por uno o más ministros según la naturaleza del caso.

8. Resolución Suprema.­

Es una norma de carácter específico, rubricada por el Presidente y refrendada por el Ministro del Sector respectivo que conlleva decisiones de importancia gubernamental a nivel nacional.

9. Resolución Ministerial.­

Son dispositivos que permiten formular, ejecutar y supervisar la política general del Estado, dentro del ámbito de su competencia. Son expedidos por los Ministros del ramo respectivo.

10. Resolución Vice ministerial.­

Regulan aspectos específicos de un sector determinado, y son dictadas por la autoridad inmediata a un ministro de estado.­

11. Resolución Directoral.­

Son actos que se expresan situaciones adoptadas por el funcionamiento del nivel respectivo. Es expedida por los Directores administrativos en función a las atribuciones que señala las respectivas leyes orgánicas del sector y reglamentos de organización y funciones.


LA TEORÍA PURA DEL DERECHO DE HANS KELSEN DENTRO DEL DERECHO POSITIVO
DESARROLLO PIRAMIDAL DE KELSEN DENTRO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO



NIVEL FUNDAMENTAL

LA CONSTITUCIÓN: Es la verificación en el derecho positivo, del contrato social, asumiendo para sí la Teoría Contractualista de Juan Jacobo Rousseu, con la finalidad de crear un ente denominado ESTADO, que vigile y supervise la conductade los individuos para la obtención de la seguridad jurídica, el orden público y la paz social.

También puede definirse como la "ley fundamental, esté escrita o no, de un ESTADO, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial). Le garantiza al pueblo ciertos derechos. Es la cristalización jurídica de un acto constituyente. Es un concepto político, dada su fundamentación en una decisión del poder constituyente y es un concepto jurídico, pués posee una configuración jurídica.

PARTES DE LA CONSTITUCIÓN

PREÁMBULO: Son los principios que rigen al Estado, en él se recoge una proclamación filosófica y poética de los ideales y valoresmás sentidos; recoge sintéticamente postulados doctrinarios, principios y valores que desarrolla en su articulado la Ley Superior. Algunas de sus características son:

•El sujeto creador de la constitución es el pueblo como poder constituyente originario, que adquiere realidad con la aprobación directa de la Constitución mediante referéndum popular.
•El señalamiento a la refundación de la república como fin supremo del constituyente, en función de la realización de un amplio abanico de principios, intenciones, valoraciones y curo de acción, que se especifican luego en la normativa constitucional.
DOGMÁTICA: Referida a la Forma del Estado y los regímenes de los derechos, deberes y las garantías constitucionales.

ORGÁNICA: Establece la organizacióndel Estado, Poderes Públicos, los entes que los representan, la función de ésos órganos, protección de la constitución y modalidades para su reforma.

NIVEL LEGAL:

LEYES ORGÁNICAS: Son las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.

LEYES GENERALES: Instrumentos Jurídicos de rango legal, sancionado por el órgano representativo de la rama legislativa del Poder Público (Asamblea constituyente) de conformidad con la facultad de legislar que le consagra la constitución y cuya finalidad no es otra que la de regular o normar una determinada rama del derecho.

CÓDIGOS: Son las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a una determinada materia. Ej. CódigoProcesal Penal, Código Civil del Perú.

TRATADO INTERNACIONAL : Es un instrumento jurídico reconocido entre países u entes internacionales. Se requiere la aprobación mediante ley por la Asamblea Nacional para poder ser ratificado por el Ejecutivo

Se presenta una Excepción en la constitución de 1993, que explicita que los Tratados Internacionales sobre materia de Derechos Humanos, suscritos por la República tiene rango Constitucional

LEY APROBATORIA: Es el permiso que da la Asamblea Nacional, para que el Ejecutivo apruebe un Tratado Internacional, emprétitos, créditos adicionales

LEYES HABILITANTES: Es cuando la Asamblea Nacional delega sus actividades de creación y aprobación de leyes al Ejecutivo Nacional.

CONSTITUCIONES ESTATALES: Son aquellas que hacen referencia a los poderes públicos Estatales

No es una figura propia del Derecho positivo, proviene del Derecho Monárquico Español, el cual ideó los ESTATUTOS DE AUTONOMÍA, los cuales establecían que las comunidades españolas podían hacer convenios con otros países sin afectar al Estado Español. El Tribunal Constitucional Español al observar que este estatuto traía a la larga problemas, crea el denominado BLOQUE DE LA CONSTITUCIONALIDAD.

LEYES ESTATALES: Tienen preferencia sobre la Ley Nacional, salvo cuando no tienen carácter privativo (es decir que colindan con la ley nacional)

ORDENANZAS MUNICIPALES: Son los actos sancionados por las cámaras municipales o cabildos, cuya aplicación son para regular las actividades del municipio.

DECRETOS LEYES: Actos administrativos dictados por la rama ejecutiva del Poder nacional (Presidente de la República) fundamentado en el otorgamiento previo de una Ley Habilitante por medio de la cual, la rama legislativa delega temporalmente la potestad de legislar sobre aquellas materias establecidas en el marco normativo de la Ley (habilitante) en virtud de alguna excepción circunstancial o permanente, determinada.

LEYES DE BASE: Son aquellas que establecen los postulados fundamentales para la regulación de una materia o institución determinada.

LEYES DE DESARROLLO: Son leyes que establecen los planes de orientación y planificación territorial. Desarrollan el contenido de las leyes de Base.

NIVEL SUB-LEGAL

REGLAMENTOS:Actos administrativos de efectos generales emanados por el órgano representativo de la rama ejecutiva de cualquiera de los Poderes Públicos en ejercicio de su competencia y cuya finalidad es de desarrollar los contenidos expresos en la ley sin alterar el espíritu, propósito y razón del legislador. El ejecutivo no puede reglamentar contrariando los preceptos de rango legal.

REGLAMENTOS AUTÓNOMOS: Son actos administrativos de efectos generales que pueden ser emanados tanto por el ejecutivo y legislativo y cuya finalidad es la de regular las materias que tengan un vacío de ley. Ej. Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional

DECRETOS EJECUTIVOS: Son actos administrativos de efectos generales dictados por los entes ejecutivos de cualquiera de las ramas del Poder Público, en atribución de sus facultades legales. Ejemplos: Decretos de salariomínimo, Días de Duelo y Fiesta Nacional, Aumento del Pasaje, Decreto sobre la creación de Ministerios.

ACUERDOS: Actos administrativos de efecto particular, emanados del órgano representativo de la rama Legislativa del Poder Público (Nacional, Estatal, Municipal) en el ejercicio de sus competencias. Ejemplo: Condecoraciones

RESOLUCIONES: Actos Administrativos de efectos particulares, emanados del órgano representativo de la rama Ejecutiva del Poder Público en el ejercicio de sus competencias. Ejemplo: Designación de Ministros, Ascensos de Coronel en adelante (Ejército).

ÓRDENES E INSTRUCCIONES:En su esencia es lo mismo, aunque algunos doctrinarios afirman que la principal diferencia radica en el medio por la cual se imparte (la orden es escrita y la instrucción es verbal).

CONTRATOS: Es un convenio celebrado entre dos o más personas que permite constituir, reglar, modificar o transmitir entre ellos un vínculo legal. Siempre tiene aplicación preferente a la Ley, nunca pueden violar el contenido de la misma.

Algunos tipos de Contrato:

•Contrato Colectivo-Individual
•Contrato Verbal o Escrito
•Contrato Determinado o Indeterminado
SENTENCIA: Es el acto concreto de la Ley. Es donde se carnifica la misma. Emana de los órganos jurisdiccionales correspondientes.


LAUDO ARBITRAL : Son actos concretos de Ley emanados por órganos jurisdiccionales ordinarios (Ad-Hoc) Ej. Justicia