miércoles, 20 de noviembre de 2013

SOBRE LA LEY DE LIBERTAD E IGUALDAD RELIGIOSA PRONUNCIAMIENTO



SOBRE LA LEY DE LIBERTAD E IGUALDAD RELIGIOSA

En relación con a la Ley de libertad e igualdad religiosa aprobada por el Congreso de la República, la ASOCIACION PERUANA DE ATEOS (APERAT) declara lo siguiente:

1º. Estamos a favor de una plena libertad religiosa y de conciencia. Es decir, toda persona tiene derecho a tener o no creencias sobrenaturales –que incluyen fe en lo divino y una vida después de la muerte-- y practicar o no ritos y costumbres relativas a esas creencias las cuales son personales y no deben ser impuestas a los demás.

2º. Estamos a favor de una plena igualdad religiosa. Esto es, todas las religiones organizadas deben ser consideradas y tratadas por igual por el Estado, cualquier beneficio legal, económico y tributario en beneficio de una sola religión discrimina a las demás.

3º Estamos a favor de la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, sin importar si son creyentes o no en alguna religión. Por esta razón el Estado debe abstenerse de favorecer a alguna religión o convicción no religiosa, manteniendo una neutralidad estricta en este sentido.

4º. Pensamos que para evitar cualquier injerencia de alguna religión sobre el Estado y la discriminación o el favoritismo en favor de una o más confesiones religiosas por parte del Estado, éste deberá ser laico o aconfesional, es decir deberá estar separado de toda religión. Por lo tanto, un Estado así:  a) no deberá proporcionar a religión organizada alguna ningún dinero del erario público producto de la recaudación de los tributos de todos los ciudadanos, creyentes en alguna religión o no creyentes en ninguna;   b) no deberá enseñar en las escuelas públicas doctrinas religiosas, para eso existen templos y colegios particulares confesionales idóneos para ello; y   c) no deberá promover leyes y políticas sobre salud en general y salud reproductiva en particular basadas en creencias religiosas.

5º. No obstante, si el Estado peruano permitiese múltiples exoneraciones tributarias en favor de las religiones no católicas organizadas en favor de la igualdad religiosa, debería hacer lo mismo en beneficio de las organizaciones culturales, artísticas, humanísticas y científicas. ¿No es acaso tarea del Estado la promoción de la cultura, el arte, las humanidades y la ciencia? ¿Merecen éstas un trato inferior al que reciben las religiones?


Lima, 06 de Diciembre del 2,010

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