REQUISITOS:
- Inmueble debe ser urbano.
- Solicitud autorizada por abogado.
- Datos del Solicitante: Nombres y Apellidos, DNI, Estado Civil, Nacionalidad, Ocupación y Domicilio. (Casados deben consignar datos de cónyuge).
- Ofrecimiento de 3 a 6 testigos mayores de 25 años (Nombres, Apellidos, DNI y Domicilios, quienes deben también firmar en la solicitud conjuntamente con el o los solicitantes. Base Legal Ley 27333 artículo 5 literal b; Base legal artículo 505 numeral 4 del Código procesal civil.
- Copia del DNI. (Solicitante y Testigos)
- Fecha, Forma de Adquisición y Tiempo de Posesión (10 AÑOS). Base legal artículo 505 numeral 1 del Código procesal civil; artículo 36 del TUO del Reglamento de ley Nro 27157.
- Nombre y Dirección de su inmediato transferente. Base legal artículo 505 numeral 1 del Código procesal civil.
- Nombre y Dirección de los colindantes. Base legal artículo 505 numeral 1 del Código procesal civil.
- Certificación Municipal de la persona que figura como propietario o Constancia de Posesión.
- Copia Literal de Dominio y/o Certificado de Búsqueda Catastral del Inmueble.
- Planos de distribución, perimétricos y ubicación, FOR, informe técnico; firmados por arquitecto o ingeniero inscrito en el índice de verificadores de la SUNARP, con registro vigente, debidamente visados por la Municipalidad competente, y debidamente firmado por el o los solicitantes. Base legal artículo 505 numeral 2 del Código procesal civil, Artículo 5 literal e del TUO del Reglamento de ley Nro 27157, y artículos 21 y 25 numeral 1 de la Ley Nº 27157.
- Recibo de Pago de Impuesto Predial y arbitrios (10 AÑOS).
- Recibos de Luz, Agua y Teléfono (10 AÑOS).
- Formularios Registrales e Informe Técnico de Verificación autorizados por Ingeniero o Arquitecto verificador acreditado por SUNARP. Base legal artículo 13 numeral 1 lietral b de la Ley Nro 27333.
- Certificado de Parámetros urbanísticos y edificatorios. (expedido por la municipalidad)
NOTA: SI DURANTE EL PROCESO SE PRESENTARA ALGUNA OPOSICIÓN POR PARTE DE ALGUNA PERSONA JURÍDICA Y/O NATURAL; EL TRÁMITE QUEDA AUTOMÁTICAMENTE SUSPENDIDO EN LA VIA NOTARIAL, PUDIENDO EL (LOS) SOLICITANTE (S) EJERCER SU DERECHO DE POSESIÓN Y PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EN LA VIA JUDICIAL.
No hay comentarios:
Publicar un comentario