miércoles, 26 de octubre de 2011

DEMANDA DE TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR.

Secretario:


Expediente:


Escrito:


Cuaderno: Principal


Sumilla: DEMANDA DE TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR.





SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE CARABAYLLO.





MIRIA TORRES  SALAZAR, identificada con      DNI Nº  42596455, con domicilio en la Av. 23 de septiembre Mz. N Lt. 8 V Sector El Progreso, Distrito de Carabayllo, señalando domicilio procesal en la Mz. B Lt. 8 Villa el Polvorín Distrito de Carabayllo, ante usted con el debido respeto me presento y digo lo siguiente:


I.- PETITORIO.-


Que interpongo demanda a efectos que vuestro Despacho me otorgue la tenencia y custodia de mi menor hijo FRANZ SMITH REQUEJO TORRES  de 6 años de edad; la misma que la dirijo contra SEGUNDO HILARIO REQUEJO, domiciliado en Jr. Los Jazmines Mz. L Lt. 18, el Progreso, Distrito de Carabayllo, donde se le notificado el auto admisorio de la presente demanda.

 
II.- FUNDAMENTO DE HECHO.-



La recurrente sostuvo una relación sentimental con el ahora demandado durante un periodo de  07 años.

Producto de dicha relación procreamos a nuestro menor hijo
FRANZ SMITH REQUEJO TORRES, conforme lo acredito de la partida de Nacimiento correspondiente.Señora jueza al haber residido en el domicilio antes mencionado nuestra convivencia no fue nada armoniosa, poco a poco fue quebrándose cada vez más, toda vez que sin motivo alguno me hizo la vida imposible, fui víctima de constantes agresiones, maltratos, físicos, psicológicos, espirituales, morales, hechos que me obligaron a retirarme de dicho domicilio al de  mis padres, acompañado lógicamente a mi menor hijo, donde hasta el día viernes  15 de octubre del 2010, en razón que sorpresivamente y inexplicablemente el demandado se lo llevo como todos los viernes se lo llevaba a la casa donde antes convivíamos y donde actualmente vive con su actual pareja CYNTHIA GUTIERREZ DIAZ ( 30 ).

La recurrente se ha hecho cargo de mi menor hijo durante todo este tiempo, apoyada incondicionalmente por mi familia, quienes me han permitido sobrellevar la situación.




Sr. Juez el demandado es un sujeto que se niega a con sus obligaciones de padre con su hijo y durante los últimos meses  se negó a pasarme una pensión para mi menor hijo aduciendo que era mucho lo que me daba para mi hijo, y quería reducir la cantidad y me dijo que si no aceptaba su propuesta de disminuir la pensión para mi menor hijo que me atenga a las consecuencias, que pasar una pensión de S / 400.00  al mes, aunque durante los últimos meses solo pasaba S/. 100 quincenal y los últimos dos meses  nada y debido  a que los gastos en mis menores hijos son altos debido al elevado costo de vida es que me dedique a trabajar honestamente como comerciante en el mercado la hacienda vendiendo jugos  por las mañanas hasta las 2: 00 P.M. donde laboro hasta la actualidad.


La recurrente como madre abnegada y preocupada por mi mentor hijo asumí la responsabilidad de padre y madre con  mi menor hijo, es decir me dedique a trabajar sacrificándome para poder asistir a mi menor hijo, lo he alimentado , vestido, así como estoy educándolo en un centro de estudios particular Jesús Educador , donde pago pensión de S/. 80 Nuevos Soles, donde está cursando el primer grado de educación primaria con buenas notas con el que demuestro  fehacientemente la buena atención que recibe de mi parte y de parte de mis padres y hermanas que me apoyan, virtud que el padre no quiere reconocerme, dado que aprovechándose mi confianza y buena fe al permitirle se queda con él los fines de semana en su casa me dijo que lo traería a mi casa el día domingo a las 9 P.M. Y han transcurrido horas y nunca regreso con mi menor hijo, desde aquella fecha se encuentra en su poder sin que la que la recurrente tenga acceso físico con mi menor hijo.


Señora jueza la recurrente es una persona con trabajo fijo obviamente tengo ingresos económicos para poder proveer a mi menor hijo y soy una persona con principios y valores morales. Actualmente no puedo vivir tranquila con mi menor  hijo por el temor que el emplazado en cualquier momento me vuelva a quitar a mi menor hijo.


En este sentido, atendiendo a que soy padre y madre para mi menor hijo, estando a mi cuidado desde que nació, tengo a bien solicitar la tutela jurisdiccional efectiva a fin de que vuestro Despacho me otorgue la tenencia legal de mi menor hijo, a fin de que viva conmigo en la dirección indicada en la parte introductoria de la presente demanda.



III.- FUNDAMENTACION JURIDICA.-





CONSTITUCION POLITICA DEL PERU



Art. 4: La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolecente, a la madre y al anciano en situación de abandono.
Art.6: Es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos.DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Art. 25 1.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar.
2.- La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidado y asistencia especiales.DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBREArt. VII Toda mujer así como todo niño, tienen derecho a protección, cuidado y ayuda especiales.CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. Art.3 En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

Art. 9 Los Estados velarán porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior al niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.TEXTO UNICO ORDENADO DEL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES.


Art. 81.-De la Tenencia. Cuando los padres estén separados de hecho, la tenencia de los niños y adolescentes se determina de común acuerdo entre ellos y tomando en cuenta el parecer del niño y el adolescente. De no existir acuerdo de los padres o si estando de acuerdo, éste resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la resolverá el juez Especializado, dictando las medidas necesarias para su cumplimiento.



Código de Los Niños y Adolescentes.


IV.- VIA PROCEDMIENTAL.


La presente acción deberá tramitarse en la vía del proceso único, conforme lo dispone el Art. 160 y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.


MEDIOS PROBATORIOS:


1.- Partida de nacimiento de mi hijo, expedida por la Municipalidad distrital de Carabayllo. Documento que acredita el nacimiento de mi menor hijo. Y el reconocimiento de la recurrente.


2.- Declaración  jurada de ingresos económicas debidamente legalizada ante notario público, instrumental que demuestra que tengo una solvencia económica, para poder atender las necesidades vitales de mi hijo lo sigo haciendo hasta la fecha, ya que las necesidades vitales de mi hijo como lo sigo haciendo hasta la fecha, ya que el demandado no cumple con su obligación de padre y  mucho menos obedece el mandato judicial de pensión de alimentos que debe pasarme para mi hijo.


3.- Copia simple de carnet de vacuna de mi menor hijo FRANZ  SMITH REQUEJO TORRES.


4.- Constancia de estudios, expedida  por el colegio Jesús Educador, instrumental que demuestra que mi hijo se encuentra cursando estudios, gastos que solo han sido sufragados por mi persona.


5.- Cargo original expedido por la Comisaria del Progreso, donde se ordena que pase a examen psicológico en la Dirección de Criminalística, documento que demuestra que el demandado tiene una denuncia por maltratos en mi agravio, la que se encuentra en trámite.


6.- fotografías.


POR LO EXPUESTO:


Al juzgado pido se sirva admitir la presente demanda y darle el trámite de ley.

PRIMER OTROSI DIGO.- Que conforme a lo dispuesto en el Art. 80 del Código Procesal Civil, delego mi representación en los letrados que autorizan el presente escrito, doctores……………, concediéndoles las facultades generales de representación contenidas en el Art. 74 del Código Adjetivo. Asimismo, ratifico mi domicilio real indicado en el principal del presente escrito, declarando estar instruida de la delegación que otorgamos y de sus alcances.

SEGUNDO OTROSI DIGO.- Que adjunto la tasa judicial por ofrecimiento de pruebas así como un (1) juego de la demanda, anexos respectivos y cédulas de notificación.

                                                                                                                                                            Carabayllo, 26 de octubre del 2011.













1 comentario:

  1. Asociación Cristiana de Asesoría Legal del Perú.
    http://asesorescristianos.blogspot.com/
    E-mail. asesores_cristianos@hotmail.com
    http://facebook.com/asesores.cristianos
    Telf : 405 - 69961 Cel : 986 - 489386
    MARITZA SALGADO Q.
    Presidenta ACAL PERU
    ULISES MENDOZA E.
    Secretario General ACAL PERU

    ResponderEliminar