miércoles, 26 de junio de 2013

Promulgan ley que impide abuso de líneas aéreas

 
Norma beneficia a tres millones de pasajeros 

Una nueva batalla venció José Luna Gálvez, tercer vicepresidente del Congreso, al promulgarse la Ley 30046, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, para que los pasajeros del servicio aéreo, en cualquier modalidad, puedan endosar o transferir sus boletos a otra persona o postergar la realización del servicio en las mismas condiciones pactadas. 

“Podemos decir ¡tarea cumplida! Se ha eliminado una cláusula abusiva que perjudicaba a los usuarios, pero seguiremos trabajando incansablemente en defensa de los derechos del pueblo. Ese es mi compromiso y cumpliré mi palabra”, expresó el también secretario general de Solidaridad Nacional, tras la publicación de la citada ley en El Peruano, donde se establece que entró en vigencia a partir de ayer. 

La norma beneficiará a más de tres millones de usuarios que al año hacen uso del setviciode transporte aéreo, que ahora podrán endosar o transferir sus pasajes a otra persona, con una anticipación de 24 horas del viaje. 

Según el dispositivo legal, el pasajero únicamente asumirá los gastos relacionados con la emisión del nuevo boleto, los cuales no deben ser superiores al costo efectivo de dicha emisión. 

Además, en caso de que el consumidor adquiriera boletos de ida y vuelta o para destinos múltiples y no pudiera usar alguno de los tramos, tiene el derecho de hacer efectivo lo que está pendiente. 

En este último caso, queda prohibido que los proveedores dejen sin efecto este derecho, salvo que el consumidor cuente con otra reserva o boleto para la misma ruta entre las fechas comprendidas en el boleto cuyo tramo desea preservar.

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