jueves, 22 de agosto de 2013

RECONOCIMIENTO E IMPUGNACION DE PATERNIDAD


 
 



El Proceso de Reconocimiento de Menor es muy antiguo y solia ser  muy largo, complejo y costoso.

En la actualidad es mas  rápido lo que ha despertado mas de una critica, pero que al fin y al cabo puede  tramitar con mucha rapidez y sobretodo puede resultar muy económico en sus costos incluso sin necesidad de pagar a un laboratorio para que practique la costosa prueba del ADN.

Los requisitos para este tramite son los siguientes :

  • La Partida de nacimiento del hijo no reconocido.
  • Copia del DNI de la madre que solicitara el reconocimiento.
  • Dirección exacta del supuesto padre.
  • Nuestra Asesoria Legal en Temas de familia.

La posibilidad de que un niño no pase por la ingrata experiencia de ir al Juzgado y a un Laboratorio para pruebas de ADN dependerán de Ud, si Ud realmente esta segura que la persona a quien enjuiciaremos es el padre biológico, la posibilidad del ADN es remota.

Impugnación de reconocimiento de Hijos:

Es un proceso que no tiene porque ser  complicado  y  al igual que el proceso  de "reconocimiento" también se debería facilitar "la impugnación" lo cual en algunas ocasiones no se da.

EL avande de la Ciencia  en biología molecular y pruebas de ADN por las cuales se puede determinar que los hijos que presumíamos biológicos (de nosotros) resulten no serlo y poder impugnar(anular) el reconocimiento.

El principal obstáculo es el plazo de impugnación. En este caso , la ley señala que dentro de los 90 días de nacido el niño que ud pretende negar, debe reclamar la IMPUGNACION de lo contrario pierde ese derecho, incluso por mas que el ADN diga que no es su hijo. Sin embargo existe un mecanismo legal por el cual siempre y cuando el supuesto hijo sea de corta edad ud pueda negarlo no obstante haber pasado mas de los 90 días.

También existen casos en que posiblemente ud pretenda impugnar la falsa paternidad de su hijo biológico que lo a  firmado una tercera persona, en este caso también se aplican los 90 días, pero con el mecanismo antes mencionado podemos lograr este objetivo.

Este plazo de los 90 días realmente resulta demasiado corto, es obvio que en ese periodo muchas personas no pueden a simple vista determinar que el recién nacido no es su hijo, así que no obstante, si ud está fuera de ese plazo, no dude en contactarnos que garantizamos resolver su problema.

Para cualquier consulta o iniciar el presente proceso no dude en comunicase:

 Cel : 986-489386

E-mail : asesores_cristianos@hotmail.com

 Consultas en Línea al Facebook: https://www.facebook.com/asesores.cristianos

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