En la vía notarial
tan sólo se tramitan las rectificaciones que tengan por objeto corregir los
errores y omisiones de nombre, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio,
defunción u otros que resulten evidente del tenor de la propia partida o de
otros documentos probatorios, se tramitarán ante notario.En ningún caso se
podrá seguir el trámite notarial para cambiar el nombre de la persona o sus
apellidos, el sexo u otra información contenida en la partida que no surja de
un error evidente.
PRUEBAS PARA REALIZAR EL TRAMITE NOTARIAL
Cualquiera de los siguientes documentos, donde los datos que
tienen errores figuren de modo correcto, puede ser:Documento Nacional de
Identidad, Documentos de Identidad de los padres, Certificado de nacido vivo,
Partida de Bautismo, Libreta de servicio militar, Carnet de vacunas,
Certificado de estudios, Acta de Reconocimiento de hijo, Carnet de algún
seguro.
¿Quién puede realizar
este trámite?
1.El mismo interesado
2.Los padres, o representantes legales de un menor de edad o
de incapaz, o los parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad y segundo
de afinidad, es decir (padres, abuelos, tíos, primos, hermanos).
DURACION
El beneficio que tiene esta vía es el de ser mucho más
rápida que la vía judicial, aunque el costo sea mayor, aproximadamente entre 15
a 20 días.
RECTIFICACION DE PARTIDA - VIA PROCESO JUDICIAL
En los casos, en
los que no se pueda realizar la rectificación administrativa porque el
registrador de la época que hizo la inscripción no tiene responsabilidad o porque
no obra documento alguno en el Registro Civil para probar el error en la
Partida, podemos realizar el trámite en el Poder Judicial; normalmente es en
esta vía en la que se realizan las rectificaciones muy complejas.El Juzgado
ante el que se tramita el proceso de rectificación de partida es ante el
Juzgado de Paz Letrado.
CASOS QUE MOTIVAN LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
* Cuando existen
errores que varíen el nombre.
* Cuando hay
variación total en el apellido.
* Cuando existe
doble partida y las fechas son diferentes en ambas.
* Enmendaduras,
borrones, o raspaduras que haya en las partidas.
* Aquellos casos en
los que el error no sea evidente u obvio y amerite un mayor estudio.
PRUEBAS A PRESENTAR EN ELTRAMITE DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
Cualquiera de los siguientes documentos, donde los datos que
tienen errores figuren de modo correcto, que pueden ser:Documento Nacional de
Identidad, Documentos de Identidad de los padres, Certificado de nacido vivo,
Partida de Bautismo, Libreta de servicio militar, Carnet de vacunas,
Certificado de estudios, Acta de Reconocimiento de hijo, Carnet de algún
seguro.
¿Quién puede realizar este trámite?
1.El mismo interesado.
2.Los padres, o representantes legales de un menor de edad o
de incapaz, o los parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad y segundo
de afinidad, es decir (padres, abuelos, tíos, primos, hermanos).
3.Un apoderado, con poder especial otorgado por Escritura
Pública.
4.El Ministerio Público cuando el fallecido no tiene
parientes.
DURACION
Aproximadamente entre 3 a 4 meses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario