Definición
Cuando los padres están separados de hecho, la tenencia de los hijos menores de edad se determina de común acuerdo por el padre y la madre.
Improcedente
El padre o madre que ha sido demandado por alimentos no puede solicitar la tenencia de su hijo.
Sujetos.
Solicitante
El padre o madre que desea tener a su hijo o si la tiene quiere formalizarla.
Invitado
El padre o madre que tiene la tenencia de su hijo.
Aspectos a tener en cuenta
- La edad del niño o adolescente.- Cuando el niño sea menor de 2 años, se considera que es más beneficioso para el padre dar prioridad a la madre.
- Con la tenencia los padres se interrelaciona mejor con sus hijos.
- Escuchar la opinión del niño o adolescente y tomarla en cuenta.
- Recibir testimonio de terceras personas.(amigos vecinos, familiares) que pueden manifestar como el padre o madre cuida a su hijo.
- Evaluar el apoyo de un equipo multidisciplinario (integrado por psicólogos, enfermeras, asistentes sociales, abogados) para que determinen la situación emocional, material y grado de desarrollo integral del menor.
- El estado emocional de los padres.
- Situación económica de los padres.
- En el acuerdo se establece únicamente el nombre del padre que va a tener al hijo.
- Es mejor no consignar con detalle el domicilio en que se encontrara el menor, porque este puede variar en el tiempo.
Requisitos de la solicitud de conciliación extrajudicial
La solicitud deberá contener:
- Nombre, documento de identidad y domicilio del solicitante ( padres o tutores). En el caso que desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
- Nombre, domicilio y documento de identidad de apoderado del solicitante. Los menores de edad, serán representados por sus padres y se podrán identificaran solo con la partida de nacimiento o documento de identidad nacional.
- Nombre y dirección del invitado.
- Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto.
- La pretensión consistente en la tenencia del menor.
- Establecer en forma precisa el nombre y apellido, sexo y edad del menor.
- La firma del solicitante; o su huella digital, si es analfabeto.
Anexos
- Copia simple del documento de identidad del solicitante vigente.
- Cuando se actué mediante apoderado la vigencia de poder, testimonio del poder y constancia de movimiento migratorio (domicilia en extranjero), certificado domiciliario (domicilio en provincia), certificado medico expedido por un Centro de Salud Publico o Privado ( enfermedad). En los casos de padres menores de edad que sean representantes de sus hijos en materias de alimentos podrán identificarse con la partida de nacimiento o su Documento Nacional de Identidad.
- Copia simple de partida o acta de nacimiento del hijo menor de edad.
- Copia de partida de matrimonio, de ser el caso.
- Tantas copias simples de la solicitud y sus anexos, como invitados a conciliar.
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