SOBRE LA LEY DE LIBERTAD E IGUALDAD RELIGIOSA
En relación con a la Ley de libertad e igualdad religiosa
aprobada por el Congreso de la República, la ASOCIACION PERUANA DE ATEOS
(APERAT) declara lo siguiente:
1º. Estamos a favor de una plena libertad religiosa y de
conciencia. Es decir, toda persona tiene derecho a tener o no creencias
sobrenaturales –que incluyen fe en lo divino y una vida después de la muerte--
y practicar o no ritos y costumbres relativas a esas creencias las cuales son
personales y no deben ser impuestas a los demás.
2º. Estamos a favor de una plena igualdad religiosa. Esto
es, todas las religiones organizadas deben ser consideradas y tratadas por
igual por el Estado, cualquier beneficio legal, económico y tributario en
beneficio de una sola religión discrimina a las demás.
3º Estamos a favor de la igualdad ante la ley de todos los
ciudadanos, sin importar si son creyentes o no en alguna religión. Por esta
razón el Estado debe abstenerse de favorecer a alguna religión o convicción no
religiosa, manteniendo una neutralidad estricta en este sentido.
4º. Pensamos que para evitar cualquier injerencia de alguna
religión sobre el Estado y la discriminación o el favoritismo en favor de una o
más confesiones religiosas por parte del Estado, éste deberá ser laico o
aconfesional, es decir deberá estar separado de toda religión. Por lo tanto, un
Estado así: a) no deberá proporcionar a
religión organizada alguna ningún dinero del erario público producto de la
recaudación de los tributos de todos los ciudadanos, creyentes en alguna
religión o no creyentes en ninguna; b)
no deberá enseñar en las escuelas públicas doctrinas religiosas, para eso
existen templos y colegios particulares confesionales idóneos para ello; y c) no deberá promover leyes y políticas
sobre salud en general y salud reproductiva en particular basadas en creencias
religiosas.
5º. No obstante, si el Estado peruano permitiese múltiples
exoneraciones tributarias en favor de las religiones no católicas organizadas
en favor de la igualdad religiosa, debería hacer lo mismo en beneficio de las
organizaciones culturales, artísticas, humanísticas y científicas. ¿No es acaso
tarea del Estado la promoción de la cultura, el arte, las humanidades y la
ciencia? ¿Merecen éstas un trato inferior al que reciben las religiones?
Lima, 06 de Diciembre del 2,010
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