Secretario: ....................
Expediente: ....................
Cuaderno: PRINCIPAL. Escrito: Nro. 01.
Solicita inicio de proceso de sucesión intestada
AL JUZGADO CIViL DE .................
, identificado (a) con D.N.I. Nro. , con dirección domiciliaria en , señalando domicilio procesal en ; atentamente, digo:
l.VIA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO:
Que, en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, solicito el inicio del proceso de sucesiónintestada de don (doña) , a fin de que se me declare heredero (a) legal de dicha persona, conjuntamente con los (as) Sres. (as) , con domicilio en, y , domiciliado (a) en , a quienes se deberá notificar de la presente solicitud no contenciosa.
II. COMPETENCIA:
Es competente el Juzgado Civil de :
Porque el último domicilio del (de la) causante estuvo ubicado en , vale
decir, dentro de la competencia territorial del Juzgado, y, según se desprende del artículo 663 del Código Civil, corresponde al juez del lugar donde el causante tuvo su último domicilio en el país, conocer de los procedimientos no contenciosos y de los juicios relativos a la sucesión.
III. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.- Que, el día de de falleció en esta ciudad don (doña) sin que hubiese otorgado testamento alguno.
2.- Que, debido a ello es que se solicita el inicio del presente proceso de sucesión intestada con la finalidad de que, en su oportunidad, se declare heredero (a) legal de dicha persona al (a la) recurrente, en su calidad de (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante) del (de la) causante, y también a los (as) Sres. (as) y, en su calidad de (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante) y (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante), respectivamente, del (de la) causante.
3.- Que, se deja constancia que el (la) causante ha dejado a su muerte los bienes que se describen en la respectiva relación ofrecida como prueba en el punto del rubro V ("Medios probatorios") de la presente solicitud.
IV. FUNDAMENTACION JURIDICA:
Sustento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales:
Artículo 660 del Código Civil, conforme al cual desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se transmiten a sus sucesores.
Artículo 815 del Código Civil, de cuyo inciso 1) se desprende que la herencia corresponde a los herederos legales cuando el causante muere sin dejar testamento.
Artículo 816 del Código Civil, numeral que prescribe que son herederos del primer orden, los hijos y demás descendientes; del segundo orden, los padres y demás ascendientes; del tercer orden, el cónyuge; del cuarto, quinto y sexto órdenes, respectivamente, los parientes colaterales del segundo, tercero y cuarto grados de consanguinidad; y que señala además que el cónyuge también es heredero en concurrencia con los herederos de los dos primeros órdenes señalados precedentemente.
Artículo 830 del Código Procesal Civil, según el cual, en los casos previstos en el artículo 815 del Código Civil (numeral citado líneas arriba), cualquier interesado puede solicitar el inicio del proceso sucesorio.
V. MEDIOS PROBATORIOS:
Ofrezco el mérito de los siguientes medios probatorios:
1.- (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite el fallecimiento del causante, que puede ser la copia certificada de la partida de defunción respectiva o la declaración judicial de muerte presunta: arto 831 -inc. 1)- del C.P.C.); con el (la) que de muestro que el día de de aconteció el fallecimiento de don (doña) ...........
2.- (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que invoca el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio, si el peticionante es el cónyuge del causante- del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C.P.C.); con el (la) que demuestro que soy (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante) del (de la) causante.
3.- (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que se afirma tiene la primera persona señalada como tal por el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio- del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C.P.C.); con el (la) que demuestro que el (la) Sr. (a) es (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante) del (de la) causante.
4.- (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que se afirma tiene la segunda persona señalada como tal por el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio- del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C.P.C.); con el (la) que se acredita que el (la) Sr. (a) es (indicar el grado de parentesco que se tiene respecto del causante) del (de la) causante.
5.- Relación de bienes conocidos, de fecha ; en la que se describen los bienes conocidos dejados por el (la) causante a su muerte.
6.- Certificado negativo de testamento, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; con el que se demuestra que a la fecha no existe inscrito testamento alguno en la ciudad de , esto es, en el lugar del último domicilio del causante.
7.- Certificado negativo de testamento, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; con el que se prueba que a la fecha no existe inscrito testamento alguno en la ciudad de , vale decir, en el lugar donde el (la) causante tuvo el siguiente bien inscrito: ............................
8.- Certificado negativo de sucesión intestada, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; con el que se acredita que a la fecha no existe anotación alguna de otro proceso de sucesión intestada en el citado registro público correspondiente al lugar del último domicilio del (de la) causante.
9.- Certificado negativo de sucesión intestada, de fecha , expedido por la Oficina Registral de ; con el que se prueba que a la fecha no existe anotación alguna de otro proceso de sucesión intestada en el citado registro público correspondiente al lugar donde el (la) causante tuvo el siguiente bien inscrito: ..............................................
POR TANTO:
Al Juzgado, solicito se sirva tener por planteada la presente solicitud de inicio de proceso de sucesión intestada y darle el trámite que a su naturaleza corresponde, conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.
PRIMER OTROSI DIGO: Que, admitida que sea la presente solicitud, pido al Juzgado se sirva disponer la notificación edictal a que se refiere el inciso 1) del artículo 833 del Código Procesal Civil, así como la anotación de esta solicitud en el Registro de Personas Naturales, como lo prevé el inciso 2) de dicho numeral, para lo cual se deberá cursar los partes judiciales correspondientes.
SEGUNDO OTROSI DIGO: Que, solicito al Juzgado se sirva notificar de la presente solicitud al fiscal que corresponda, dado que, según el artículo 835 del Código Procesal Civil, el Ministerio Público debe intervenir en el proceso de sucesión intestada.
TERCER OTROSI DIGO: Que, adjunto los siguientes anexos:
1.A Tasa judicial por concepto de ofrecimiento de pruebas.
1.B Fotocopia del D.N.I. del (de la) solicitante.
1.C (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite el fallecimiento del causante, que puede ser la copia certificada de la partida de defunción respectiva o la declaración judicial de muerte presunta: arto 831 -inc. 1)- del C.P.C.).
1.D (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que invoca el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio, si el peticionante es el cónyuge del causante- del presunto heredero, o documen¬to público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C.P.C.).
1.E (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que se afirma tiene la primera persona señalada como tal por el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio- del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C.P.C.).
1.F (indicar el medio de prueba de que se trate, que acredite la calidad de heredero que se afirma tiene la segunda persona señalada como tal por el solicitante, que puede ser copia certificada de la partida de nacimiento -o de matrimonio- del presunto heredero, o docu¬mento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación, si se trata de hijo extramatrimonial: arto 831 -inc. 2)- del C. P. C.).
1.G Relación de bienes conocidos del (de la) causante, de fecha .........
1.H Certificado negativo de testamento, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; ofrecido como prueba en el punto 6 del rubro V ("Medios probatorios") de la presente solicitud.
1 .I Certificado negativo de testamento, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; ofrecido como prueba en el punto 7 del rubro V ("Medios probatorios") de la presente solicitud.
1.J Certificado negativo de sucesión intestada, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; ofrecido como prueba en el punto 8 del rubro V ("Medios probatorios") de la presente solicitud.
1.K Certificado negativo de sucesión intestada, de fecha , expedido por la Oficina Registral de; ofrecido como prueba en el punto 9 del rubro V ("Medios probatorios") de la
presente solicitud.
Ciudad, ................
Sello y firma del letrado
Firma del (de la) solicitante
Nota: Los casos de sucesión intestada o legal están previstos en el artículo 815 del Código Civil, según el cual la herencia corresponde a los herederos legales cuando: .
- El causante muere sin dejar testamento; el que otorgó ha sido declarado nulo total o parcialmente; ha caducado por falta de comprobación judicial; o se declara inválida la desheredación (art. 815 -inc. 1)- del C.C.).
- El testamento no contiene institución de heredero, o se ha declarado la caducidad o invalidez de la disposición que lo instituye (art. 815 -inc. 2)- del C.C.).
- El heredero forzoso muere antes que el testador, renuncia a la herencia o la pierde por indignidad o desheredación y no tiene descendientes (art. 815 -inc. 3)- del C.C.).
- El heredero voluntario o legatario muere antes que el testador; o por no haberse cumplido la condición estable¬ cida por éste; o por renuncia, o por haberse declarado indignos a estos sucesores sin sustitutos designados (art. 815 -inc. 4)- del C.C.).
- El testador que no tiene herederos forzosos o voluntarios instituidos en testamento, no ha dispuesto de todos sus bienes en legados, en cuyo caso la sucesión legal sólo funciona con respecto a los bienes de que no dispuso (art. 815 -inc. 5)- del C.C.).
No hay comentarios:
Publicar un comentario