domingo, 14 de abril de 2013

DEMANDA DE TENENCIA Y CUSTODIA

                                                           Expediente:
                                                           Especialista Legal:
Escrito Nro. :           
Sumilla.- DEMANDA DE TENENCIA Y   CUSTODIA.         
                      
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DEL  MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE CARABAYLLO.
LUIS ALBERTO ROQUE BASTANTE,  identificado con DNI Nro. 41975250, con domicilio real en el Jr. Felipe Mendizabal Nº 300 Urb. Tungasuca, distrito de Carabayllo, señalando para estos efectos mi domicilio Procesal en la Mz. B Lt. 08 P.J. Villa el Polvorín, distrito de Carabayllo, a usted con el debido respeto digo:
I.- PETITORIO:
Que interpongo demanda a efectos que vuestro Despacho me otorgue la TENENCIA Y CUSTODIA DE MI MENOR HIJA ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA de 2 años y un mes de edad; la misma que la dirijo contra la Sra. DENISSE GARCIA BUITRON, quien domicilia en el pasaje Moquegua Nº 238, Urbanización  San Felipe, distrito de Comas, a donde será notificada de la demanda, sustento mi demanda en las consideraciones que paso a exponer:
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.    El recurrente sostuvo una relación sentimental con la demandada durante un periodo de  04 años. Producto de dicha relación procreamos a nuestra menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA, conforme lo acredito con la partida de Nacimiento correspondiente. Que el día 25 de febrero del 2011 nació mi hija  ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA, producto de mis relaciones sentimentales que mantuve con la demandada DENISSE GARCIA BUITRON, en la actualidad mi hija tiene 2 años y un mes de edad.
2.- Debo manifestarle señor Juez, que LA MADRE DE MI MENOR  HIJA, SIEMPRE SE COMPORTÓ DE MANERA IRRESPONSABLE FRENTE A SUS OBLIGACIONES COMO MADRE, SALÍA A FIESTAS REGRESABA AL DÍA SIGUIENTE BORRACHA ADEMÁS TOMABA Y FUMABA EN EXCESO, sabiendo que yo tenía que trabajar al día siguiente POR LO QUE TUVE QUE ASUMIR EL ROL DE PADRE Y MADRE, EN LA CRIANZA DE MI MENOR HIJA, ADEMAS ME HACÍA CARGO DE SU SALUD Y VACUNACIONES porque la señora DENISSE GARCIA BUITRON no quería asistirla.
3.- Que, el día 22 y 23 de setiembre del 2012 recibí constantes llamadas telefónicas a mi celular donde ella me decía que “YA NO PUEDE HACERSE CARGO DE LA BEBE PORQUE NO LA SOPORTA, NO TIENE TIEMPO Y NO SABE QUÉ HACER CON MI HIJA MANIFESTANDO QUE TIENE QUE SEGUIR CON SU VIDA ADELANTE Y QUE YO ME HAGA CARGO DE LA CRIANZA PORQUE YO SOY LO MEJOR PARA ELLA “ (mi hija).
4.- Señor Juez el motivo de mi demanda radica, en que el día 24 de septiembre del año  2012, siendo las 6: 45 A.M. aprox.  mi ex conviviente toco la puerta  de manera violenta, ella estaba con un maletín de color negro y una mochila de color amarilla y con la bebe en sus brazos, yo salí  a conversar con ella  y ella cuando me vio salir a la puerta de mi casa me dijo :  “ AQUÍ ESTÁ TU HIJA, TANTO QUE LA QUERÍAS PUEDES QUEDARTELA” , esas palabras las menciono delante de mi abuelo  materno LUIS BASTANTE CASTILLO, y  muy cerca habían dos personas que laboran  en el colegio particular PAMER, que se ubica al costado de mi domicilio; TIRANDO CON CÓLERA LOS MALETINES AL PISO Y ARROJÁNDOMELA A MI MENOR HIJA A MIS BRAZOS  ( COMO SI SE QUITARA UN GRAN PESO DE ENCIMA ), SE DIO MEDIA VUELTA PROFIRIENDO PALABRAS SOECEZ SE RETIRÓ DEL PASAJE QUE SIRVE DE INGRESO A MI DOMICILIO.
5.- Que, los conflictos comienzan con la demandada cuando  nuestra menor hija tenía un año de edad, el comportamiento de la demandada ya no era el mismo de antes, SE IBA A LAS FIESTAS HASTA ALTAS HORAS DE LA NOCHE, LLEGABA DE MADRUGABA, TOMABA Y FUMABA BASTANTE, SE ALTERABA ERA COLÉRICA, AGRESIVA, SE PRACTICABA CORTES CON GILLETE EN LAS MUÑECAS DE LOS BRAZOS DESPUÉS DE ENCERRARSE EN EL BAÑO, TOMABA PASTILLAS CON EL FIN DE QUITARSE LA VIDA, ES UNA PERSONA DEPRESIVA Y QUERÍA IRSE DE LA CASA DONDE CONVIVÍAMOS, PUES EN ESA FECHA YA MANTENÍA UNA RELACIÓN SENTIMENTAL CON EL SR. JORGE LUIS URIARTE DÍAZ, QUIEN ESA PERSONA DROGADICTA DE LA ZONA QUIEN ESTUVO EN UN TIEMPO EN UN CENTRO DE REHABILITACIÓN DE CONSUMO DE DROGAS.
6.- Además MI HIJA CORRE PELIGRO AL ESTAR VIVIENDO BAJO AL MISMO TECHO LUGAR DONDE VIVE SU HERMANO ANDRÉS GARCÍA BUITRÓN  Y CERCA DE LA PRESENCIA DEL SR. JORGE LUIS URIARTE DÍAZ QUIENES SU ACTUAL PAREJA SENTIMENTAL DEBIDO A QUE AMBAS PERSONAS SON CONSUMIDOR HABITUALES DE DROGAS.
7.- El recurrente se ha hecho cargo de mi menor hija  ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA durante todo este tiempo,  apoyada incondicionalmente por mi madre la Sra. ALEJANDRINA AYDEE MIRANDA BASTANTE, quien me apoya moralmente desde niño inculcándome principios y valores, pues ella es cristiana evangélica y participa activamente en la IGLESIA FUENTE DE BENDICION igual que mi persona, además de contar con el apoyo moral de mi hermana KATERINE KELLY MIRANDA BASTANTE, quien es licenciada en obstetricia y cristiana evangélica  igual que mi persona quien congrega en la IGLESIA CRISTIANA VIDA EN CRISTO, ubicada en la Av. Universitaria Norte Nº 9858.
8.- En este sentido, atendiendo a que SOY PADRE Y MADRE PARA MI MENOR HIJA ESTANDO A MI CUIDADO DESDE QUE NACIÓ, TENGO A BIEN SOLICITAR LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA A FIN DE QUE VUESTRO DESPACHO ME OTORGUE LA TENENCIA LEGAL DE MI MENOR HIJA, a fin de que viva conmigo en mi casa ubicada en Jr. Felipe Mendizábal Nº 300 Urbanización Tungasuca, distrito de Carabayllo, pues soy una persona con principios morales, trabajador, honesto, honrado, integro, sin vicios, con vocación de servicio y con deseos de superación y liderazgo.
9.- QUE EL DÍA DEL  ABANDONO DE  MI HIJA ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCÍA POR PARTE DE SU MADRE, MI HIJA SE ENCONTRABA EN MAL ESTADO DE SALUD (PADECÍA DE BRONQUITIS Y RINITIS CRONICA, CAUSADO POR LA DESATENCION Y DESCUIDO DE SU MADRE SRA. DENISSE GARCIA BUITRON ) LO CUAL ACREDITO CON  LAS RECETAS MÉDICAS Y LAS BOLETAS DE LAS CONSULTAS PEDIÁTRICAS EN LA CLÍNICA VERSALLES QUE ADJUNTO COMO MEDIOS PROBATORIOS EN LA PRESENTE DEMANDA) tanto así que la lleve el día 25 de setiembre del 2012 a la Clínica Versalles. Y ya desde antes que la demandada abandonase a mi menor hija la menor se encontraba en un mal estado de salud (cuando su madre lo tuvo por espacio de 1 mes y 13 días), lo cual lo acredito con las boleta de venta  de gastos por la compra medicinas y consultas medicasen los meses de agosto y septiembre del 2012 de medicina que adjunto como medio probatorio en la demanda.
10.-  Que además manifiesto que MI MENOR HIJA NO LACTA DESDE QUE TENÍA UN AÑO  DE EDAD, PUES SU MADRE LE QUITO EL PECHO, ADUCIENDO QUE SUS PECHOS SE LE IBAN A COLGAR Y LE PONÍA EN SUS PEZONES LIMONES Y VINAGRE PARA QUE MI MENOR HIJA NO PUEDA LACTAR, ADEMÁS DE TOMAR UNA PASTILLA PARA QUE  SE LE CORTE LA LECHE Y NO LA MOLESTE.
11.- Que mi persona está dispuesta a someterse a realizarse un examen toxicológico y examen  psicológico y psiquiátrico para poder demostrar que NO CONSUMO DROGAS NI SOY ADICTO  NI DEPENDIENTE y que me encuentro  MENTALMENTE SANO.  Y además solicito se le practique un examen psicológico y psiquiátrico a la demandada y a su hermano ANDRES GARCIA BUITRON  (con quien vive actualmente) y a su actual pareja sentimental Jorge LUIS URIARTE DIAZ, además de solicitar se le practique un EXAMEN TOXICOLÓGICO con el fin de demostrar el consumo de drogas.
12.- Señor Juez TENIENDO EN CUENTO EL INTERÉS SUPERIOR DE MI PEQUEÑA HIJA Y PENSANDO EN EL BIENESTAR DE MI HIJA NUNCA ME NEGUÉ A QUE MI NIÑA SEA VISITADA POR SU MADRE A FIN DE QUE EXISTA LA RELACIÓN MATERNO FILIAL ENTRE MADRE E HIJA; Sin embargo desde el mes de noviembre del 2012 VENGO SIENDO AMENAZADO POR PERSONAS EXTRAÑAS Y FAMILIARES  (HERMANO ANDRÉS GARCÍA BUITRÓN, PADRE JORGE GARCÍA Y SU ACTUAL PAREJA JORGE LUIS URIARTE DÍAZ ) INTENCIONES DE LLEVARSE   MI MENOR HIJA QUE RECIBEN ÓRDENES EXPRESAS DE LA DEMANDADA, POR LO QUE TUVE QUE DENUNCIARLA ANTE LA 1 RA FISCALIA  DE CARABAYLLO POR EL DELITO DE LESIONES. Sin embargo últimamente HA PRETENDIDO LLEVARSE A MI HIJA A LA FUERZA RAZÓN POR LA CUAL ME VEO EN LA IMPERIOSA NECESIDAD DE PLANTEAR LA PRESENTE DEMANDA, DADO QUE MI MENOR HIJA TIENE  TODO EL CARIÑO QUE PUEDO BRINDARLE ASÍ COMO  SU CUIDADO, ALIMENTACIÓN, VESTIDO, RECREACIÓN Y SALUD, LO QUE JAMÁS PODRÁ BRINDARLE SU MADRE POR SER UNA PERSONA IRRESPONSABLE, INMADURA Y PORQUE LE GUSTA MUCHO TOMAR, FUMAR Y ASISTIR A FIESTAS, POLLADAS Y DISCOTECAS.
13.- También es preciso referir a vuestro despacho Sr. Juez que MI PERSONA CUENTA CON UN TRABAJO SEGURO, QUE PUEDO BRINDARLE LAS COMODIDADES NECESARIAS PARA UNA NIÑA DE SU EDAD, POR LO CUAL EN MI CALIDAD DE PADRE ME SIENTO CONTENTO DE VER QUE MI HIJA ESTÁ CRECIENDO EN UN AMBIENTE FAMILIAR QUE BRINDA EL BIENESTAR MATERIAL, PSICOLÓGICO Y EMOCIONAL; Sin embargo EL ÚNICO OBJETIVO DE LA DEMANDADA ES LLEVARSE  A MI MENOR HIJA TAL COMO LO VIENE MANIFESTANDO VERBALMENTE  Y CON SUS ACCIONES CON EL ÚNICO PROPÓSITO DE PLANTEARME UNA DEMANDA DE ALIMENTOS, DADO  QUE ELLA NO CUENTA CON UN BUEN TRABAJO. Y CUANDO VISITABA A MI MENOR HIJA EN MI CASA NUNCA LLEVABA DE PAÑALES, LECHE, FRUTA, ROPA, NI JUGUETES PARA NUESTRA MENOR HIJA.
14.- Que según el art. 84 del código del niño y adolescente inc. a se SEÑALA QUE EL HIJO ( A ) DEBERÁ PERMANECER CON EL PROGENITOR CON EL QUE CONVIVIO MAYOR TIEMPO, SIEMPRE QUE LE SEA FAVORABLE ,  y en el presente caso el  cumplo con este requisito toda vez que LA NIÑA SIEMPRE HA ESTADO DESDE MI NACIMIENTO, NO HABIÉNDOME SEPARADO DE ELLA, EXCEPTO CUANDO LA MADRE SE LLEVÓ, PERO DESPUÉS ME LO ENTREGO VOLUNTARIAMENTE Y ME LO DEJO EN MI CASA, PARA QUE YO ME HAGA CARGO DE SU CRIANZA TAL COMO LO ACREDITO CON EL AUDIO QUE ADJUNTO COMO MEDIO PROBATORIO, Y NO EXISTE RAZÓN POR LA QUE SE PUEDA CONSIDERAR QUE ESTANDO A MI LADO LE PUEDE SER PERJUDICIAL A MI MENOR HIJA.
ADEMAS DEJO CONSTANCIA QUE LA MADRE DE MI MENOR HIJA A PESAR QUE CUANDO ABANDONO A MI MENOR HIJA MANIFESTO QUE LO HACIA PARA TRABAJAR POR ELLA (NUESTRA HIJA), HASTA EL DIA DE HOY NO DEJA NI UN SOLO SOL PARA NUESTRA HIJA ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Esta demanda la sustento en las siguientes consideraciones de derecho:
1. Artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes, que faculta al Juzgado resolver cuando exista este tipo de conflictos.
2. Artículo 84º del Código de los Niños y Adolescentes, que me faculta demandar a su Juzgado la tenencia y custodia de mi menor hijo, para lo cual cumplo con adjuntar la correspondiente partida de nacimiento; considerando que por mandato de este artículo mi hijo al haber convivido con la recurrente por toda su vida, desde su nacimiento, debe permanecer en mi poder.
3. Artículo 424 del Código Procesal Civil, que señala los requisitos que debe contar la demanda, y contestación de Demanda, se ha tenido el absoluto cuidado en observarlos, así como los artículos 425, y de acuerdo al Código de los Niños y Adolescentes corresponde su trámite como al Proceso Único.
IV.- VIA PROCEDIMENTAL:
De acuerdo con el artículo 188º del Código de los Niños y Adolescentes, la presente demanda debe tramitarse como Proceso Único.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
Como medios Probatorios, adjunto los siguientes documentos.
1. Partida de Nacimiento de mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.
2. DNI. De mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.
3. Fotos  donde se puede apreciar a mi menor hija en mi compañía y de mi familia, donde se puede apreciar el ambiente donde vive, su  sala de juegos en el segundo piso de mi casa, el amor que le brindamos y el tiempo que le dedicamos, y que compartimos con ella en diversas actividades recreativas y juegos y brindándole aprestamiento  en el lenguaje y la vocalización de palabras.
4.- Denuncia policial por  AGRESION FISICA, hecho ocurrido en circunstancias que se encontraban en el módulo básico de Carabayllo, siendo agredido con golpes ( cachetadas ), en el rostro, así como una patada, por el denunciado hermano de mi ex pareja de mi ex pareja, al salir del poder judicial, me volvieron a agredir con golpes de puño y patadas, hasta caer al suelo , en compañía de su padre JORGE GARCIA que lo amenazaba verbalmente y físicamente de muerte siendo que mi abogado defensor intervino posteriormente para poder separarlos.
5.- Boletas de Ventas de Gastos de su alimentación, vestimenta, recreación y salud de mi menor hija desde el mes de agosto, septiembre del 2012 hasta la actualidad.

6.-  Transcripción de audios donde se aprecia que la demandada deja a su menor hija en poder de mi persona (tiene la intención de abandonarla para siempre).
7.- Denuncia penal por lesiones ante la 1ra fiscalía  provincial de Carabayllo contra la Sra. DENISSE GARCÍA BUITRÓN y su hermano ANDRÉS GARCÍA BUITRÓN.
8.-  RESOLUCIÓN DE  GARANTÍAS PERSONALES contra DENISSE GARCIA BUITRON, expedida por la Gobernación de Carabayllo.
09.- Resolución de  Garantías Personales contra ANDRES GARCIA BUITRON, expedida por la Gobernación de Carabayllo.
10.- Certificado médico de fecha 09 de enero del 2013 expedido por el Dr. EDINSON TELLEZ CAJAVILCA  medico JEFE  de la Posta Medica JORGE LINGAN con CMP 44801. Con el que se acredita que mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA. NO SE LE ENCUENTRA SIGNOS DE ENFERMEDADES INFECTAS CONTAGIOSAS.
11.-  Copia de denuncia policial ante la Comisaria Santa Isabel por ABANDONO DE HOGAR ocurrido el día 11 de agosto del 2012, donde la demandante se llevó sus pertenencias junto a su menor hija de 1 año y  07 meses de edad.
12.-  Copia de denuncia policial ante la Comisaria Santa Isabel por ABANDONO DE MENOR ocurrido el día 24 de septiembre del 2012, donde se deja constancia que la demandante se presentó su ex conviviente en compañía de su menor  hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA, haciéndole entrega de su hija en forma voluntaria indicándole que se haga cargo de su hija, ya que ella no puede tenerla, retirándose de su hogar.
13.-  Copia de verificación domiciliaria  realizada por efectivos policiales de la Comisaria Santa Isabel de fecha 06 de octubre del 2012, donde se verifica que en el segundo piso del inmueble donde reside el Sr. LUIS ALBERTO ROQUE BASTANTE  existe un ambiente de sala comedor, 6 x 6 aprox. donde s e aprecia juguetes en el 3 ere nivel se aprecia juguetes, silla de corredor, color rosado y se aprecia diversos juguetes  y ropa de su menor hija. La niña se encuentra  en buen estado físico y cuidada por su abuela la Sra. HAYDE BASTANTE RAMOS  (44).
14.- Certificado de supervivencia de la menor  DENISSE GARCIA BUITRON. Expedida por la Comisaria Santa Isabel de fecha 18 de marzo del 2013.
15.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MAPALSA S.A.C., que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTA desde los días 15 de enero del 2007 hasta el 22 de octubre del 2007.
16.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa SEISA, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS desde los días 19 de noviembre del 2007 al 02 de octubre de 2008.
17.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa YICHANG, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS del DEPARTAMENTO DE VENTAS, DIVISION ELECTRONICA, desde el día 31 de mayo del 2010.
18.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa  EXECUTIVE SOLUTIONS S.A., que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS desde el 20 de septiembre del 2010 hasta el 24 de noviembre del 2010.
19.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 12 de enero del 2011 hasta el 31 de  marzo del 2011.
20.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 01 de abril 2011 hasta el 15 de setiembre del 2012.
21.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa VISUALIMPACT, que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  de la unidad SONY PERU S.R.L. desde el días 22 de diciembre del 2012 hasta la actualidad.
22.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa ADECCO, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS de la empresa  OSTER  DEL PERU S.A.C. desde el días 26 de octubre del 2012.
23.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 22 de diciembre del 2012 hasta la actualidad.
24.- Copia de tarjeta de vacunación de mi menor hija ROSANA ANTONELLA
ROQUE GARCIA. Documento que acredita que como padre responsable me estoy haciendo cargo de la salud de mi menor hija de su nacimiento hasta la actualidad
22.- Receta médica expedida por la Dra.  Ayda Vásquez con CMP. 51596 de la Clínica Versalles con fecha 25 de septiembre del 2012, un día después que la demanda que entrego a mi menor hija a mi domicilio ( para que me haga cargo de su crianza ) la boleta fue expedida después de la consulta ante el medico debido a que mi menor hija se encontraba mal de salud, padecía bronquitis y rinitis crónica, por lo que le recetaron  CLORITROMICINA de 250 ml y DESLORATADINA de 2,5 ml, AVAMYS  ( spray nasal ) y TOMIKON ( vitamina ) pues se encontraba con las DEFENSA BAJAS Y BAJA DE PESO.
23.- Carta pastoral expedida por el Pastor David Lozano de la iglesia Fuente de Bendición a mi madre Aydee Miranda Bastante.
24.- Declaración jurada de testigo JULIO CARAZAS HERRERA, quien fue testigo presencial el día 24 de septiembre, siendo aproximadamente las 6 y 45 A.M. vi a la señora  DENISSE  GARCIA BUITRON aparentaba estar bajos signos de ebriedad debido a  los gritos que prefería en plena vía pública y como entrego a la menor a su señor padre.
25.- Declaración jurada de testigo JULIO CESAR RIOJAS CASTRO. Quien fue testigo presencial el día 24 de septiembre, siendo aproximadamente las 6 y 45 A.M. vi a la señora  DENISSE  GARCIA BUITRON arrojo a la menor a los brazos de su padre  con mucho enojo.
26.- Boletas de pago de remuneraciones, que acreditan que tengo solvencia económica.
27.- Boletas de venta que acreditan que mi menor hija se encontraba mal de salud cuando estaba con su madre antes que la abandonase.
28.- Boletas de venta con lo que acredito que me hago cargo de la manutención, salud  y salud de mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.

 VI.- ANEXOS QUE ADJUNTO:

1. A.- Copia de mi documento de identidad1. Partida de Nacimiento de mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.
1. B. DNI. De mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.
1. C. Fotos  donde se puede apreciar a mi menor hija en mi compañía y de mi familia, donde se puede apreciar el ambiente donde vive, su  sala de juegos en el segundo piso de mi casa, el amor que le brindamos y el tiempo que le dedicamos, y que compartimos con ella en diversas actividades recreativas y juegos y brindándole aprestamiento  en el lenguaje y la vocalización de palabras.
1.D.- Denuncia policial por  AGRESION FISICA, hecho ocurrido en circunstancias que se encontraban en el módulo básico de Carabayllo, siendo agredido con golpes ( cachetadas ), en el rostro, así como una patada, por el denunciado hermano de mi ex pareja de mi ex pareja, al salir del poder judicial, me volvieron a agredir con golpes de puño y patadas, hasta caer al suelo , en compañía de su padre JORGE GARCIA que lo amenazaba verbalmente y físicamente de muerte siendo que mi abogado defensor intervino posteriormente para poder separarlos.
1. E.- Boletas de Ventas de Gastos de su alimentación, vestimenta, recreación y salud de mi menor hija desde el mes de agosto, septiembre del 2012 hasta la actualidad.
1. F.-  Transcripción de audios donde se aprecia que la demandada deja a su menor hija en poder de mi persona (tiene la intención de abandonarla para siempre).
1. F.- Denuncia penal por lesiones ante la 1ra fiscalía  provincial de Carabayllo contra la Sra. DENISSE GARCÍA BUITRÓN y su hermano ANDRÉS GARCÍA BUITRÓN.
1. G.-  RESOLUCIÓN DE  GARANTÍAS PERSONALES contra DENISSE GARCIA BUITRON, expedida por la Gobernación de Carabayllo.
1. H.- Resolución de  Garantías Personales contra ANDRES GARCIA BUITRON, expedida por la Gobernación de Carabayllo.
1. I.- Certificado médico de fecha 09 de enero del 2013 expedido por el Dr. EDINSON TELLEZ CAJAVILCA  medico JEFE  de la Posta Medica JORGE LINGAN con CMP 44801. Con el que se acredita que mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA. NO SE LE ENCUENTRA SIGNOS DE ENFERMEDADES INFECTAS CONTAGIOSAS.
1. J.-  Copia de denuncia policial ante la Comisaria Santa Isabel por ABANDONO DE HOGAR ocurrido el día 11 de agosto del 2012, donde la demandante se llevó sus pertenencias junto a su menor hija de 1 año y  07 meses de edad.
1. K.-  Copia de denuncia policial ante la Comisaria Santa Isabel por ABANDONO DE MENOR ocurrido el día 24 de septiembre del 2012, donde se deja constancia que la demandante se presentó su ex conviviente en compañía de su menor  hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA, haciéndole entrega de su hija en forma voluntaria indicándole que se haga cargo de su hija, ya que ella no puede tenerla, retirándose de su hogar.
1. L.-  Copia de verificación domiciliaria  realizada por efectivos policiales de la Comisaria Santa Isabel de fecha 06 de octubre del 2012, donde se verifica que en el segundo piso del inmueble donde reside el Sr. LUIS ALBERTO ROQUE BASTANTE  existe un ambiente de sala comedor, 6 x 6 aprox. donde s e aprecia juguetes en el 3 ere nivel se aprecia juguetes, silla de corredor, color rosado y se aprecia diversos juguetes  y ropa de su menor hija. La niña se encuentra  en buen estado físico y cuidada por su abuela la Sra. HAYDE BASTANTE RAMOS  (44) y por mi persona como padre responsable.
1. LL.- Certificado de supervivencia de la menor  DENISSE GARCIA BUITRON. Expedida por la Comisaria Santa Isabel de fecha 18 de marzo del 2013.
1. O.-  Constancia de Trabajo:
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MAPALSA S.A.C., que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTA desde los días 15 de enero del 2007 hasta el 22 de octubre del 2007.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa SEISA, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS desde los días 19 de noviembre del 2007 al 02 de octubre de 2008.
.- Constancia de trabajo expedida  por la empresa YICHANG, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS del DEPARTAMENTO DE VENTAS, DIVISION ELECTRONICA, desde el día 31 de mayo del 2010.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa  EXECUTIVE SOLUTIONS S.A., que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS desde el 20 de septiembre del 2010 hasta el 24 de noviembre del 2010.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 12 de enero del 2011 hasta el 31 de  marzo del 2011.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 01 de abril 2011 hasta el 15 de setiembre del 2012.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa VISUALIMPACT, que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  de la unidad SONY PERU S.R.L. desde el días 22 de diciembre del 2012 hasta la actualidad.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa ADECCO, que acredita mi cargo como PROMOTOR  DE VENTAS de la empresa  OSTER  DEL PERU S.A.C. desde el días 26 de octubre del 2012.
- Constancia de trabajo expedida  por la empresa MANPOWER PROFESSIONAL que acredita mi cargo como PROMOTOR DE VENTAS  desde  el 22 de diciembre del 2012 hasta la actualidad.
P- Copia de tarjeta de vacunación de mi menor hija ROSANA ANTONELLA
ROQUE GARCIA. Documento que acredita que como padre responsable me estoy haciendo cargo de la salud de mi menor hija de su nacimiento hasta la actualidad
Q.- Receta médica expedida por la Dra.  Ayda Vásquez con CMP. 51596 de la Clínica Versalles con fecha 25 de septiembre del 2012, un día después que la demanda que entrego a mi menor hija a mi domicilio ( para que me haga cargo de su crianza ) la boleta fue expedida después de la consulta ante el medico debido a que mi menor hija se encontraba mal de salud, padecía bronquitis y rinitis crónica, por lo que le recetaron  CLORITROMICINA de 250 ml y DESLORATADINA de 2,5 ml, AVAMYS  ( spray nasal ) y TOMIKON ( vitamina ) pues se encontraba con las DEFENSA BAJAS Y BAJA DE PESO.
R.- Carta pastoral expedida por el Pastor David Lozano de la iglesia Fuente de Bendición a mi madre Aydee Miranda Bastante.
S.- Declaración jurada de testigo JULIO CARAZAS HERRERA, quien fue testigo presencial el día 24 de septiembre, siendo aproximadamente las 6 y 45 A.M. vi a la señora  DENISSE  GARCIA BUITRON aparentaba estar bajos signos de ebriedad debido a  los gritos que prefería en plena vía pública y como entrego a la menor a su señor padre.
25.- Declaración jurada de testigo JULIO CESAR RIOJAS CASTRO. Quien fue testigo presencial el día 24 de septiembre, siendo aproximadamente las 6 y 45 A.M. vi a la señora  DENISSE  GARCIA BUITRON arrojo a la menor a los brazos de su padre  con mucho enojo.
T.- Boletas de pago de remuneraciones, que acreditan que tengo solvencia económica.
U.- Boletas de venta que acreditan que mi menor hija se encontraba mal de salud cuando estaba con su madre antes que la abandonase.
X.- Boletas de pago de remuneraciones, que acreditan que tengo solvencia económica para
Y.- Boletas de venta con lo que acredito que me hago cargo de la manutención, salud  y salud de mi menor hija ROSANA ANTONELLA ROQUE GARCIA.

PRIMER OTROSI DIGO : Que dando cumplimiento a lo que dispone el Art. 133 del C.P C, estoy adjuntando copias simples tanto de la demanda como de los anexos para la parte demandada.
POR LO EXPUESTO: A Ud. Señor Juez, pido se admita esta demanda, para que previo al procedimiento se declare fundada, concediéndome la custodia de mi menor hija.
Carabayllo, 26 de marzo del 2013.

No hay comentarios:

Publicar un comentario