Incluso, Municipalidad de Lima incumple su propia ordenanza.
En declaraciones para el programa radial “Agenda del consumidor”, el especialista en derechos Municipales, Marco Tulio Gutiérrez, aseguró que el año pasado, el gobierno no emitió oportunamente las resoluciones ministeriales por las cuáles aprobó los valores oficiales de los aranceles de los terrenos para este 2007. Por esta razón, algunos municipios elevaron el impuesto predial y arbitrios. Tal como sucedió en la Municipalidad de Cieneguilla, dónde el alza fue del 200%.
Como usuarios, debemos tener en cuenta que el valor del predio es la base sobre la que se calcula el impuesto predial y, un incremento en dicho monto inevitablemente eleva el tributo. A mayor valor de terreno mayor valor de impuesto. Pero, ¿cómo determinamos el valor? “Se determina sobre la base de dos criterios: Cuánto cuesta el suelo y para eso, el ministerio de vivienda establece cuál es el costo del metro cuadrado dependiendo de la zona y, cuánto cuesta la edificación, es decir; el metro cuadrado construido. La suma de los dos da el valor del predio”, señaló.
Lo que sucedió el año pasado, es que estos dos valores oficiales fueron publicados extemporáneamente. Los valores vigentes al 31 de Octubre del año anterior, son los que deberían regir para el pago del impuesto. “Teóricamente, el impuesto de este año debería ser menor a la del año pasado. Pero, las municipalidades en general, han aplicado estos valores publicados fuera de plazo. Es una interpretación ilegal porque la norma es clara, el impuesto predial se determina anualmente tomando como referencia los valores de edificación y arancelarios vigentes al 31 octubre del año anterior. La norma publicada por el Ministerio de Vivienda fue en noviembre, una aplicación retroactiva de la norma no cabe. Desde el punto de vista legal, deberíamos pagar menos porque se tendrían que utilizar las tablas del año 2005”.
Asimismo, agregó: “No es el valor comercial, sino tributario, establecido por la ley con ciertos criterios con la finalidad de que sirva de base para poder calcular el impuesto predial. En otros países no es así, usan el sistema de la base comercial que es igual al impuesto y sólo se cobra los dos primeros años. Lamentablemente, en nuestro país el impuesto predial tiene la característica de ser eterno, lo pagaremos hasta el día que pasemos a mejor vida”.
Por otro lado, el especialista en derecho municipal, afirmó que la inflación del año 2006 fue de 1.14%, por lo que no tiene lógica un incremento mayor a dicho porcentaje para el presente año, sea en el impuesto predial o en los arbitrios. “Hay criterios que la constitución establece con relación a la norma, esto es la racionalidad de la ley, cuánto incrementó el costo de los bienes y servicios durante el año pasado: 1.14%. Esa es la tasa de inflación, eso se utiliza para la limpieza pública o Serenazgo. Por lo tanto, no debería haber más incremento en el pago”.
Finalmente y, para sorpresa de los consumidores, reveló que las municipalidades que han ratificado para este año los tributos son una pequeña minoría. Es decir, nadie controla el cobro legal. “Esto nos revela que volvimos al desorden, a la criollada. Algunas de las municipales que han emitido el importe con estructura de costos, incluyendo el derecho de emisión son Surco y Santa María, unas de las pocas que han sido ratificadas por el municipio provincial. Ni siquiera Lima Metropolitana la publicó y miren que ellos emiten la ordenanza y así como si nada, aluden la existencia de una estructura de costos, nunca fue publicada. Tampoco la tienen Villa María de Triunfo, Villa El Salvador, Surquillo, Santa Anita, San Miguel. Es el nivel de informalidad en que se desarrollan las municipalidades. Son cobros ilegales, somos sometidos a cobros indebidos. Además, todas las municipalidades deberían prorrogar el plazo de pagos, sin intereses, hasta que obtengan su ratificación de Lima”.
Ojo, pasos a seguir:
-Deben verificar la cuponera, comparándola con la del año anterior. Así, sacarán sus propias conclusiones, si se está cobrando de más o aplicando valores arancelarios superiores a los establecidos.
-Mientras está pendiente un reclamo tributario, no procede el inicio de una cobranza coactiva. Si se da cuenta que la Municipalidad de su distrito aplica normas publicadas en Noviembre, debe reclamar hasta mañana 28 de febrero. Hágales saber que hay un error de cálculo y pida una reliquidación aplicando la tabla que corresponde, sin entrar en discusiones. Hay que invocar nuestros derechos.
- Además, el código tributario señala que el contribuyente puede pagar a cuenta lo que estime conveniente. Claro, no siempre es mala fe del alcalde o el propio gerente de renta, también es desconocimiento del personal de caja, hay que informarles
Defensoría del Pueblo detectó cobros ilegales en 21 municipios de Lima Metropolitana
ResponderEliminarDefensoría del Pueblo detectó cobros ilegales en 21 municipios de Lima Metropolitana
Al cabo de una supervisión realizada recientemente a 38 municipalidades de Lima Metropolitana (37 distritales y una provincial), la Defensoría del Pueblo verificó que en 21 municipios de Lima Metropolitana (55%) se exigen cobros ilegales como consecuencia de una inadecuada reconversión de las tasas de los procedimientos administrativos al nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Los gobiernos locales que han incurrido en esta falta son los pertenecientes a los distritos de Ancón, Ate, Barranco, Carabayllo, Cieneguilla, Chaclacayo, Chorrillos, El Agustino, Independencia, Jesús María, Lince, Lurigancho–Chosica, Lurín, Los Olivos, Pachacámac, Rímac, San Bartolo, San Juan de Miraflores, Santa Anita, Santa María del Mar y Villa María del Triunfo.
Fuente: Defensoría del Pueblo.
La Defensoría del Pueblo verificó que en 21 municipios de Lima Metropolitana (55%) se exigen cobros ilegales.
ResponderEliminarA esta conclusión llegó la Defensoría luego de una supervisión realizada recientemente a 38 municipalidades de Lima Metropolitana (37 distritales y una provincial)
Explicó que estos cobros ilegales son consecuencia de una inadecuada reconversión de las tasas de los procedimientos administrativos al nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Los gobiernos locales que han incurrido en esta falta son los pertenecientes a los distritos de Ancón, Ate, Barranco, Carabayllo, Cieneguilla, Chaclacayo, Chorrillos, El Agustino, Independencia, Jesús María, Lince y Lurigancho–Chosica.
Así también, Lurín, Los Olivos, Pachacámac, Rímac, San Bartolo, San Juan de Miraflores, Santa Anita, Santa María del Mar y Villa María del Triunfo.